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hola, vivimos en el piso que tenia alquilado la abuela toda la vida.ella la dejo unos 3 años para poder ir a la casa de su hija (mi suegra) para que la cuidase, pues estaba muy enferma. ella se recupero y nos fuimos a vivir con ella mi marido y yo. cuando llegamos el suelo del balcon estaba quebrandose y sin la mitad de las baldosas del medio. aparte estaba lleno de humedades en paredes y techos de la casa y con moho. lo cual salieron unos bichitos minusculos blancos con la humedad.hablamos con la dueña del piso y nos vino un señor que supuestamente era de su seguro. cubrio unos papeles y nos comento que le diria ala dueña cuales eran los daños. y no volvio a aparecer nadie para resolverlo. llamamos a la dueña y no nos contesta la telefono. pasa de todo lo que se le diga. Les pido por favor me ayuden y que puedo hacer al respecto. Se lo agradecere mucho. saludos.
Como ampliación a las respuestas de Amparo, decirle que la repercusión de obras a inquilinos de renta antigua no es algo fácil, depende de la antigüedad del contrato.
Le recomiendo la lectura de este enlace en sus enlaces tiene abudante información.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
Si fuera una renta moderna con alquiler a PRECIO DE MERCADO, el arrendador estaría obligado a hacer las reparaciones necesarias para mantener la habitabilidad del piso sin elevar la renta.
Sobre reparaciones EN VIVIENDAS DE RENTA ANTIGUA, debe tener en cuenta que el arrendador podría repercutir en la renta el coste.
Saludos - Papeleos Alquiler
Además cito a Manuel Pregal:
Hola,
dado que el contrato a que se refiere es anterior a 1985 (de los denominados de "renta antigua"), el propietario está obligado a realizar las obras necesarias para mantener la vivienda en estado de "habitabilidad", pero la Ley le permite repercutir el 100% de estos gastos sobre el inquilino (puede aplicar un 12% anual del dinero invertido, o bien capitalizar el gasto y repartirlo en 10 años).
En cualquier caso: el propietario puede recuperar toda la inversión.
Es por ello que en muchos casos los inquilinos prefieren hacer ellos mismos las reparaciones y que no les toquen el alquiler.
añado el siguiente enlace en el que se explica (con ejemplos y de forma muy didáctica) el asunto de las obras en pisos de renta antigua.