¿Quién debería asumir el coste inicial de dar de alta los suministros de luz y gas, el casero o el inquilino?
Buenas tardes, preciso conocer quién debería correr con los gastos de dar de alta los suministros de luz y gas, el arrendador o el arrendatario? Gracias por las respuestas
Preguntado por:
LEGADO
Hace 8 años
Categoría: Caseros
Respuestas (5)
J.Martinez ha sido el primero en contestar Fernando ha sido elegida Mejor Respuesta
lutxana
inquilino/a
Coste del Alta de la luz a nombre del usuario del suministro (inquilino) A. Clientes sin suministro de luz: Si no tienes luz y deseas dar de alta un punto de suministro, nosotros como comercializadora no te cobraremos nada. Pero la distribuidora (a través de nuestra factura) te cobrará los siguientes conceptos: ?Derechos de acceso: 19,70 ? por cada kW solicitado ?Derechos de extensión: 17,37 ? por cada kW solicitado (*) ?Derechos de enganche: 9,04 ? por actuación. ?Depósito: Fijo, dependiendo de cada cliente. Ejemplo: Si deseas dar de alta un nuevo suministro con 4,6kW de potencia. En este caso, en tu primera factura se te cobrará el alta. Solamente tendrá que rellenar nuestro formulario on-line y nosotros nos ocuparemos de todo. www.fortuluz.es El mejor precio de luz
Pues el tema no es pacífico, porque el arrendador debe entregar al arrendatario la vivienda en condiciones de servir al uso convenido y, a día de hoy, una vivienda sin suministro de agua y luz (y gas a veces) no es susceptible de ser usada como tal. Y si el arrendatario ha de contratar las altas, deberás entregarle boletines y cédula y que sepa a qué atenerse (en muchas comunidades debe recibir la información adecuada en cuanto consumidor). Además, hay un tema de orden práctico: en contratos de no muy larga duración, andar con altas y bajas es un incordio, por lo que, como arrendador, es mejor pactar la subrogación del arrendatario en la cuenta de pago y limitarse a comprobar antes de devolver la fianza que está al corriente de todo. Saludos.
Si no se ha dispuesto nada en contrario, El coste de las contrataciones las asume el inquilino. Si para ello, aparte de la contratación en sí, es necesario boletín de enganche o algún tipo de actuación en la instalación de la vivienda, esta parte le correspondería al propietario, como también le corresponde al propietario el canon por primera contratación cuando la vivienda es recién construida y nunca antes ha tenido suministro.
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