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nicolich

casero/a

¿Quién debe pagar los daños (propios) producidos por humedades en una vivienda de alquiler?

Buenas tardes, a ver si puedo conseguir un poco de luz en este tema porque ando "perdido"....

Mi padre lleva alquilando un pequeño chalet de su propiedad desde hace ya tiempo... el ultimo inquilino lleva algo menos de un año, y a consecuencia de las lluvias tan intensas de estos meses, se han producido una serie de humedades dentro de la vivienda. Mi padre le ha comentado que en cuanto mejore el tiempo y seque un poco todo, se hará el arreglo y se pintará convenientemente. (el pintor ya ha visto los daños y va a dar presupuesto).

Pero ahora el inquilino le reclama indemnización por daños en 6 pares de zapatos y 2 bolsos a consecuencia de las humedades del armario.... (la casa no tiene seguro alguno).  La casa se entregó en perfectas condiciones, con ventanas, puertas, persianas nuevas y con pintura exterior e interior también recién hecha...

Anteriormente no había dado problemas similares

saludos

  • Preguntado por: nicolich
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (20)
martinez_ ha sido el primero en contestar
martinez_ ha sido elegida Mejor Respuesta
  • nicolich

    casero/a

    Muchisimas gracias por todas las respuestas de verdad.

    No queria causar tantas molestias... son todos muy amables.... me imagino que lo correcto será que lleguen a un acuerdo y listo.

     El tema de la cantidad de precipitaciones se podria alegar perfectamente pues como dije han sido humedades... no filtraciones ni goteras.... y en los ultimos 4 meses que yo recuerde ha habido al menos dos dias que hubo lluvias que provocaron daños importantes por la zona.... (lo sé porque en casa de un familiar el seguro tuvo que pagar unas goteras producidas y accedieron porque hubo lluvias extraordinariamente fuertes..).... Pero sinceramente pienso que si se le dice a la inquilina que si las lluvias hubieran sido "normales" la propiedad le pagaría los zapatos, pero que como llovió mas, pues nada... seguro que no lo entiende....

    Recomendaré el refrán de mas vale un mal acuerdo que un buen juicio que me habeis indicado...

    un saludo y gracias de nuevo por todo.

    • Respondido por: nicolich
    • Hace 14 años
  • Alfonso Moyano

    Alfonso Moyano

    profesional

    Apreciado Sr. Ramón Ruiz:

     

    Acepte mis disculpas y supongo que coincidirá conmigo en aconsejar a nicolich que negocie y evite el pleito.

    No me sentí ofendido, mi actividad profesional es la valoración de siniestros en la pericia aseguradora y judicial, por lo que su disculpa no es necesaria; aunque en cualquier caso evidencia tanto su magnifica cortesía como su buena educación. Además, no es el primer hilo donde coincidimos y rara vez discrepamos; e incluso haciéndolo, sus respuestas siempre son coherentes y cargadas de sentido común.

     

    Sea cual sea el caso o circunstancia, siempre es mejor un mal acuerdo que un buen juicio. Mi experiencia con los jueces es que siempre dictan sentencia de acuerdo con la ley, pero no necesariamente con el sentido común.

     

    Saludos cordiales.

  • nexi007

    inquilino/a

    Hola Nicolich,

    Te voy a hablar desde mi experiencia, he sufrido (y sigo sufriendo) temas de humedad y filtraciones, en el piso se han estropeado ropa, calzado, bolsos, maletas... de todo. Cuando ví el destrozo intenté lavar todo y sólo he reclamado a mi casera lo que ha sido imposible salvar (es decir, la ropa la he salvado, calzado como te imaginas no porque no lo puedo meter en la lavadora).

    Como mi casera no se hacía cargo de nada contacté directamente con un abogado, él mismo me informó de que yo tenía derecho a la reposición o abono de los enseres estropeados. Este piso sí tiene seguro así que me dirigí directamente a ellos y me lo han abonado.

    Lo mejor que podríais hacer es poner un seguro en esta casa... es muy fácil decir ahora que la casa se entregó en perfectas condiciones... pero esas condiciones pueden variar o verse afectadas como en este caso por el clima.

    • Respondido por: nexi007
    • Hace 14 años
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    Sr. Moyano,

    Debo confesarle públicamente (como públicamente pudo usted sentirse aludido cuando puse en duda la fiabilidad de ciertos profesionales del foro) que su respuesta me ha gustado, no solo por su amplitud, sino porque le veo coherencia y fundamento: tiene buena pinta).

    Aunque no nos ha dicho usted que sea abogado, parece bien informado y, a decir verdad que, estar bien informado no es una prerrogativa exclusiva de los abogados: cualquiera puede hacerlo si dedica el esfuerzo necesario.

    Ahora estoy más predispuesto a pensar que el juez pudiera condenar al propietario, en el caso expuesto por nicolich.

    De todos modos, nos aporta usted un dato que, hasta el momento nadie había puesto sobre el tapete: la responsabilidad del propietario se libera, si la precipitación supera los 40 litros por m² y hora.

    Yo desconocía la cifra pero, a eso me refería cuando dije que "Si el problema viene de unas lluvias torrenciales, el causante no es el casero sino la lluvia torrencial"

    Acepte mis disculpas y supongo que coincidirá conmigo en aconsejar a nicolich que negocie y evite el pleito.

    Saludos.

    Ramón Ruiz.

  • Alfonso Moyano

    Alfonso Moyano

    profesional

    No te dejes impresionar mucho, ni por la firmeza con que muchos de los contertulios se expresan, ni por el hecho de que aparezcan como "profesionales"

    al hilo de los "profesionales" que hay por aquí.... ponerse un avatar rosa es muy fácil, yo misma, puedo ponermelo ahora mismo, eso es lo malo.... yo hago lo que te han dicho, leo todo y después saco conclusiones.... me lo creo si el que responde es Juan, Pholmo y otro más que ahora no recuerdo el nick.

    Como bien dice Ramon, todos somos profesionales de algo.

    Por alusiones contesto, que lejos de perder la razón quienes así le responden, la tienen en toda su amplitud. Siempre obtendrá mejor respuesta, y sobre todo con garantías, si en este caso concreto paga usted un perito de seguros para que le realice un informe respecto a las causas y valoración del siniestro.

     

    Entre usted en www.apcas.es y podrá buscar a un profesional en la vida real que le antenderá a su entera satisfacción.

     

    Saludos cordiales.

  • Alfonso Moyano

    Alfonso Moyano

    profesional

    pero un robo o hurto o incendio, la dejaria sin nada.... ¿tambien pagaria el arrendador si es por un corto, o por falta de rejas en las ventanas?...)... en fin... que sigo sin verlo claro..

    En caso de robo o hurto no hay responsabilidad por su parte, independientemente de las protecciones que pueda tener la vivienda; pues el causante es un tercero, esté o no identificado.

    En caso de incendio, dependerá de si el mismo se origina por negligencia del inquilino o en los bienes de su propiedad, por lo que sería dicho inquilino el responsable del mismo y de los daños en la vivienda; o bien se origina en la propiedad fortuitamente (por un problema en la instalación eléctrica por ejemplo). En ese caso sí sería el propietario el responsable y debería indemnizar los bienes al inquilino. Note que en este caso, si se demuestra la responsabilidad del inquilino, su seguro reparará los daños de la vivienda, obviamente no pagará los daños a su inquilino, pero no termina el asunto aquí; posteriormente su seguro podrá repercutir los gastos del incendio al inquilino.

    Lo de las rejas entiendo que viene a cuenta del robo, como le digo, el robo tiene un causante tercero por lo que usted no es responsable.

    Lo del corto no lo tengo claro, pero si se refiere a una sobretensión que rompe, por ejemplo, la televisión del inquilino, usted no tiene responsabilidad alguna. Si la sobretensión es imputable a la Compañía eléctrica, el inquilino podrá intentar reclamar la rotura a la misma, si es por tormenta eléctrica, a menos que dicho inquilino tenga un seguro sobre sus bienes no percibirá indemnización alguna.

     

    Saludos cordiales.

  • Alfonso Moyano

    Alfonso Moyano

    profesional

    pero no sé... me cuesta entender que el propietario tenga que responder de los daños por el simple hecho de serlo....

    A diferencia del derecho anglosajón, donde la propiedad determina siempre la responsabilidad, en el derecho romano, esta determina responsabilidad a menos que haya causas que la delimiten. En caso de filtraciones, si como le han anticipado se debieran a precipitaciones extraordinarias (de más de 40l/m2 y hora), podría eludir dicha responsabilidad por ser caso de fuerza mayor. En este caso, si hay filtraciones, aunque repare usted la fachada 2 veces al día, seguirá siendo responsable de los daños que ocasione a terceros.

     

    incluso en los seguros hay riesgos que no se cubren al ser causas de fuerza mayor... (por supuesto que sé que no es este el caso.... es solo un ejemplo...) Lo que si le aseguro es que mi padre ha puesto siempre la maxima diligencia en la conservacion y reparacion del inmueble. Los anteriores alquileres fueron de 8, 12 y 9 años de duracion... (es una vivienda antigua como puede comprobar), y nunca se produjeron estos daños, y tras cada nuevo alquiler, la casa siempre ha sido objeto de reparaciones y mejoras... 

    Si el propietario siempre responde ponga o no el cuidado necesario para que no ocurran daños... de verdad que no lo entiendo...

    No dudo de su buena fe, pero esta no impide que deba responder de los daños a terceros que ocasione su propiedad.

     

    Y que conste que no dudo de la inquilina.... seguramente sea verdad que se dañaro algunos zapatos, pero insisto en que ella sabia que no habia seguro... y de hecho, el seguro que acaba de contratarse, cubre solo el continente y su responsabilidad ante terceros... pero no cubre el contenido... entre otras cosas porque no somos adivinos ni sabemos valorar lo que pueda o no tener la inquilina... (un caso como este si estaria cubierto por el seguro...

    La garantía a la que usted hace frente es por Responsabilidad Civil, no por contenido; no tiene por tanto que saber lo que pueda tener la inquilina.

    El foro me corta las respuestas, sigo en otra.

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    al hilo de los "profesionales" que hay por aquí.... ponerse un avatar rosa es muy fácil, yo misma, puedo ponermelo ahora mismo, eso es lo malo.... yo hago lo que te han dicho, leo todo y después saco conclusiones.... me lo creo si el que responde es Juan, Pholmo y otro más que ahora no recuerdo el nick.

    Como bien dice Ramon, todos somos profesionales de algo.

  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    En mi opinión, no estarías obligado a pagarle eso.

    El inquilino tiene la obligación de avisarte lo antes posible de los desperfectos de la casa, entre otras cosas, para que no vaya a mayores.

    Si se le han estropeado bolsos, zapatos y demás, que estaban dentro de un armario, quiere decir que hay una gran avería en la pared y hay una gran avería en el armario (porque si la casa no ha tenido problemas de humedad ni sellamientos anteriormente, lo que debe pasar es gotera o algo así).

     

    Sin embargo, la mayoría de los que te hemos contestado no somos profesionales. Y este es un foro público.

     

    Es decir, siempre he pensado que un foro, donde cada uno dice lo que piensa,  te ayuda a hacerte una idea de tus obligaciones, derechos y demás. Pero, para un problema más serio no creo que sea la solución:

    Tu no nos conoces de nada (ni si somos buenos profesionales, si tenemos buenos conocimientos o si nuestra opinión es fiable). Asi que es completamente normal que desconfies de ciertas respuestas (o de todas), y mas si no te cuadran (yo tampoco me creo todo lo que oigo/veo).

     

    ¿Por que no preguntas a un profesional de tu confianza? Yo en tu lugar lo haría. Por ejemplo, los del seguro que acabas de contratar seguramente te puedan informar encantados y ellos deben estar completamente al día de lo que tiene que pagar casero, inquilino y demás.

     

    Saludos.

  • Ramon Ruiz

    casero/a

    nicolich,

    No te dejes impresionar mucho, ni por la firmeza con que muchos de los contertulios se expresan, ni por el hecho de que aparezcan como "profesionales"

    En la vida, casi todos tenemos o hemos tenido alguna profesión (algunos, incluso varias), pero eso no nes convierte en expertos en el Derecho ni en la justicia.

    A mí me cortan un poco cuando me dejan ver que son abogados, pero cuando es así, suelen documentar sus respuestas, ya citando la Ley o indicando la jurisprudencia.

    Cuando alguien se limita a decir que "esto es así, porque lo sé yo, que soy un profesional" me quedo con la misma duda que tenía antes.

    Desde luego yo no te aseguro nada pero, si tuviera que apostar lo haría a favor de tus argumentos. Yo entiendo que el casero no es el causante del daño.

    Por otro lado, el seguro que cubriría estos daños, es un seguro totalmente voluntario. Eres tan dueño de suscribirlo como de no hacerlo. Y, no nos engañemos, estadísticamente es más ventajoso omitirlo que pagarlo. De lo contrario las compañías de seguros perderían dinero y, no es ese el caso precisamente.

    Me uno a los que te han sugerido una negociación amistosa. El juicio salomónico suele ser injusto, pero menos que si se le atribuye la culpa al que no la tiene.

    Suerte.

    Ramón Ruiz.

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    aisss Ramón, ha sido un dedazo, evidentemente me referia al arrendatario

  • nicolich

    casero/a

    Sr. Martinez, efectivamente el mejor remedio es "un buen seguro" y creame que ha aprendido la leccion... (de hecho ya está contratado....), pero no sé... me cuesta entender que el propietario tenga que responder de los daños por el simple hecho de serlo.... incluso en los seguros hay riesgos que no se cubren al ser causas de fuerza mayor... (por supuesto que sé que no es este el caso.... es solo un ejemplo...) Lo que si le aseguro es que mi padre ha puesto siempre la maxima diligencia en la conservacion y reparacion del inmueble. Los anteriores alquileres fueron de 8, 12 y 9 años de duracion... (es una vivienda antigua como puede comprobar), y nunca se produjeron estos daños, y tras cada nuevo alquiler, la casa siempre ha sido objeto de reparaciones y mejoras... 

    Si el propietario siempre responde ponga o no el cuidado necesario para que no ocurran daños... de verdad que no lo entiendo...

    Y que conste que no dudo de la inquilina.... seguramente sea verdad que se dañaro algunos zapatos, pero insisto en que ella sabia que no habia seguro... y de hecho, el seguro que acaba de contratarse, cubre solo el continente y su responsabilidad ante terceros... pero no cubre el contenido... entre otras cosas porque no somos adivinos ni sabemos valorar lo que pueda o no tener la inquilina... (un caso como este si estaria cubierto por el seguro... pero un robo o hurto o incendio, la dejaria sin nada.... ¿tambien pagaria el arrendador si es por un corto, o por falta de rejas en las ventanas?...)... en fin... que sigo sin verlo claro..

    Gracias a todos por vuestra ayuda.

     

    un saludo 

     

     

    • Respondido por: nicolich
    • Hace 14 años
  • Alfonso Moyano

    Alfonso Moyano

    profesional

    el caso es que si no ha habido negligencia por parte del arrendador (ya le digo que la casa estaba recién habilitada completamente) ni falta de mantenimiento.... ¿aún así debe responder de esos daños?.... se van a rascar, tratar y pintar las paredes convenientemente de nuevo a cargo del arrendador.... no sé, me parece injusto... a la inquilina se le avisó en su momento que la casa no tenía seguro (ella lo preguntó) y se le instó a que si quería asegurar el contenido de la vivienda hiciera ella uno....

    Si el siniestro es a consecuencia del filtraciones, independientemente del buen estado de la fachada, el propietario es responsable del mismo, y por tanto deberá indemnizar al tercero perjudicado (su inquilino).

     

    En el caso de pagar esos daños, ¿como se valoran?... porque un seguro exige facturas de compra.. y no es lo mismo unos zapatos usados que unos nuevos... ¿no?...

    Los daños a bienes de terceros siempre se valoran a valor real (valor de nuevo restando la depreciación que corresponda por uso y/o antigüedad).

     

    A menos que el siniestro sea por condensaciones, donde la responsabilidad será imputable al inquilino, tendrá que hacerse cargo de los daños e indemnizar a su arrendador.

     

    ¡Contrate un seguro!

     

    Saludos cordiales.

  • Ramon Ruiz

    casero/a

    Mari Lolis

    Corto y pego una parte de tu última repuesta: "el seguro del contenido es cosa del arrendador"

    ¿Qué has querido decir? ¿Que "el seguro del contenido es cosa del arrendatario" o que "el seguro del continente es cosa del arrendador"?

    Porque el resto de tu respuesta indica con claridad que esa frase no se corresponde con tu idea.

    Ramón Ruiz.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Pego aquí la respuesta de Guillem Pons en otro post (que el usuario ha repetido)

    Yo creo que tu padre no ha de indemnizar nada, en todo caso el inquilino ( yo soy inquilino ) es el responsable de sus bienes, y podía haber contratado un seguro para sus bienes, les llaman por el contenido propio. Los daños de la vivienda, si que le corresponden pagar al propietario.

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