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La inquilina me dice que la caldera tiene una avería y que soy yo quién tiene que pagarla. Yo creía que es el inquilino quien tiene que pagar "el mantenimiento" y pasar las inspecciones obligatorias por ley, pero no las ha pasado en 2 años (y me lo dice ahora) que la avería de la caldera puede ser mayor. ¿Quién tiene que pagar el mantenimiento? ¿quién la avería? ¿se puede considerar mal uso no haber pasado las inspecciones obligatorias y no habérmelo dicho?
Si estamos ante un "mantenimiento" le corresponderá al arrendatario; si estamos ante una avería por deterioro, entonces le corresponderá al arrendador. Y ello en base al artículo Artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994: "1. El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario, a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil."
Por lo tanto, si no has pasado el mantenimiento anual de la caldera, la avería puede ser entendida como un mal uso. Por algo así no te merece la pena ir a juicio.
Un saludo
Vera Grande Alonso
Abogado del Ilustre colegio de abogados de Madrid
Yo entiendo que si no ha pasado las revisiones obligatorias, porque a la inquilina no le ha dado la gana pasarlas debería ser ella quien lo pague, ya que como bien dices, el mantenimiento es a cargo del inquilino. El propietario paga las reparaciones porque, en este caso la caldera, estuviera demasiado vieja o hubiera que cambiarla.
De todas formas espera a ver qué te dicen las personas que saben de leyes al respecto.
un saludo.