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Hola! Puedo poner mi vivienda en alquier si todavía pago la hipoteca y yo alquilar otra?
Muchas gracias!
Vanessa: Nunca he utilizado ese servicio no se son buenos o no, lo que si sé es que la Agencia Tributaria no se responsabiliza del resultado.
Yo me refería a los gestores administrativos.
Te sugiero la lectura de esto: http://www.pedrohernandezabogado.com/2009/10/zapatero-tus-zapatos.html
Cuando me refiero a un gestor de la agencia tributaria, son aquellos que pone Hacienda a tu disposicion para hacer la declaración. Entiendo que si trabajan para Hacienda conocerán la normativa fiscal. Se pide cita antes de la realizacion de la declaración del ejercicio en el cual tengas dudas y ellos te realizan la gestión y la declaración si es necesario.
Pero vamos, para hacerles una peritación previa para saber si son buenos o malos gestores (sigo refiriéndome a los de Hacienda) y si tienen buenos conocimientos fiscales, tendria primero que saber yo. Y ahí es donde está el punto flaco de la teoria
Vanessa yo no presupongo nada, un gestor es un profesional que se dedica a 'gestiones' lo mismo que un médico a 'curar' y ni uno ni otro tienen por que conocer a fondo la ley de arrendamientos ni la normativa fiscal. Las sorpresas vienen después lo digo por experiencia.
Bueno, vamos a intentar presuponerles profesionalidad y conocimientos a los gestores que trabajan para la Agencia Tributaria, no?
Asegurese que ese 'gestor' tiene conocimientos fiscales y de arrendamientos no vaya a resultar mas desorientada y de modo irreversible, Le sugiero la lectura de mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/alli encontrará abundante información y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).
Corrección (este foro es de un estricto) "si el alquilado es menor, a lo mejor puedes deducirte el 100%" , queria decir "Si el alquilado es menor de 30 años, a lo mejor puedes deducirte el 100%"
Las deducciones. Si vas a alquilar tu vivienda habitual antes de los 3 primeros años, tendrás que devolver todas tus deducciones hasta ese momento, incluidas las de la cuenta vivienda. Si te quedan solo 8 años de pagar, este no creo que sea tu caso.
Si este no es tu caso, deberás dejar de deducirte la hipoteca de tu vivienda habitual y empezar a imputar los ingresos del alquiler en la declaracion. Estarán sujetos al irpf como unos ingresos normales (exentos de iva), y te podras descontar los gastos que genere este alquiler, desde la cuota de la hipoteca y los intereses hasta los gastos de inversion para ese alquiler. Si el alquilado es menor, a lo mejor puedes deducirte el 100%. Pero yo te recomiendo (yo lo voy a hacer), que si no eres muy ducha en la declaración o bien te informes con un gestor de hacienda, o bien se lo encarges a una gestoria, que al final son menos quebraderos.
Hay algun link por el foro que te puede ayudar con los temas de hacienda mejor que yo.
Muchas gracias por tu rápida respuesta!
soy completamente novata en este tema. El caso es que quiero cambiar de vivienda pero no quiero pagar ninguna hipoteca más. Por ese motivo hemos pensado en el alquiler y me surgido esta duda.
claro y lo de las deducciones, como va este tema?
gracias.
Claro, por qué no. Otra cosa es lo que pase con sus deducciones por vivienda habitual y demas.
Pero como poder, vamos yo misma lo he hecho.