¿Qué hago si me siguen pasando recibos de electricidad de un piso en el que ya no vivo?
En el mes de junio dejé un piso y alquilé otro. En principio el cambio de nombre de los suministros (agua y luz) se encargaba de hacerlo el propietario del piso, pero resulta que me siguen pasando los recibos de electricidad. El mes pasado llamé a la compañía a preguntar y me confirmaron que constaba como titular de dos contratos, el del piso en el que vivo y el del piso que dejé en junio!!
Devolví el recibo que no era mío y llamé al propietario del piso. Me dijo que se había olvidado de hacer el cambio de nombre, pero que lo haría en esa semana.
Este més me han vuelto a pasar el recibo...
¿qué debo hacer? ¿Doy de baja el servicio? Me sabe mal porque ahora hay una chica viviendo allí y le cortarán la luz sin tener ninguna culpa.
¿Vuelvo a avisar al propietario del piso? si me hace el mismo caso que la última vez...
Muchas gracias por las respuestas. De momento he hablado con la compañía de electricidad, he pagado las facturas y he hablado con el propietario para aclarar el tema, si en una semana no hacen el cambio de titular daré de baja el contador. Esto es lo que me han aconsejado en la compañía (despues de hablar con tropecientas personas... jeje).
Si eres titular del contrato, y devuelves los recibos y cortan la luz... figurarás como moroso en la compañía ... e igual cuando quieras darte de alta en otro contrato no te dejan hacerlo hasta que saldes la deuda anterior.
Es algo importante. Te diría que llames y tú mismo lo pongas a nombre del propietario, pero la compañía no te dejará hacerlo mientras haya recibos pendientes.
Ya te digo, es un tema importante para ti. No lo dejes.
Lo lógico es que vuelvas a hablar primero con el propietario, lógicamente devuelve el recibo, y si no te hace caso, deberías de advertir a la chica que vive actualmente para que sea ella, con una copia del recibo que tú tienes y donde figura titular, ref del contrato y domicilio, cambie y ponga su número de cuenta. Pero esta es la última acción en caso, porque el que solo legalmente le esta permitido cambiar una domicilacion es el titular, salvo que expresamente delegue.
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