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leni

casero/a

¿Qué pasa si tienes una vivienda arrendada y de repente cortan la luz?
Buenas soy propietaria de una vivienda y tenía el contrato de la luz a nombre de la propietaria anterior, me dijo que no le importaba que siguiera la titularidad a su nombre porque tengo que hacerle obras a la vivienda debido a la antigüedad del inmueble. La vivienda la tengo alquilada y de repente me llama el inquilino diciendo que le han cortado la luz porque le ha dado de baja la titular ... ahora los trámites que tengo que seguir duran unos días entre ayuntamientos, industrias... puede reclamarme algo el inquilino si yo estoy haciendo todo lo que tengo en mi mano para que tenga luz lo antes posible??? considerando también que el inquilino lleva dos meses y medio sin pagarme .... tampoco está en situación de exigir mucho puesto que voy a tramitar la orden de desahucio, podría perjudicarme en algo este caso para poder desahuciarlo y reclamar la deuda que tiene conmigo?? Gracias!!
  • Preguntado por: leni
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
antonio arrendamiento ha sido el primero en contestar
  • hidal

    profesional

    La obligación de tu inquilino es pagar cada mes y darse de alta de los suministros, agua, luz, gas, teléfono.

    Si anteriormente había luz a nombre de la anterior propietaria y está en su derecho en darse e baja, pero usted no tiene oblgación ninguna en dar de alta los sumininistros, ya que la obligación la tiene el inquilino.
    Usted le deberá proporcionar la Cedula de habitabilidad, y los corespondientes boletines eléctricos, es decir la documentación necesaria para que el inquilino se pueda dar de alta en la compañias suministradoras.
    Si no le paga el alquiler deberá acudir a un abogado llevar los recibos pendientes para que le realice un desahucio por falta de pago, y no debe de preocuparse.
    • Respondido por: hidal
    • Hace 15 años
  • antonio arrendamiento

    profesional

    La responsabilidad es tuya por no haberlo gestionado antes. Por otro lado el inquilino debería haberte pagado. Yo haría una cosa, diría que no es culpa tuya porque los suministros debe de contratarlos el inquilino, razón por la cual despues de decirle varias veces que lo ponga a su nombre, éste se niega a contratar con la compañía eléctrica, lo cual tu no puedes hacer. No onstante lo que debes hacer urgentemente es desahuciar por falta de pago al inquilino para lo cual no puede jamás alegar el problema que tienes de la luz.

    www.arrendamientos.net
    Gestión de arrendamientos urbanos: Procesos Judiciales como desahucios de pisos en alquiler. Contratos de arrendamiento vivienda y uso distinto. Especializados en tratar inquilinos de renta antigua. Cobro de rentas. Fiscalidad.
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