Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
¿Qué ocurre con la duración del contrato y el resto de medidas de Flexibilizacion y fomento del mercado de alquiler de viviendas si he firmado antes de que se aprobara esta ley?
vitorino Te estás refiriendo a una ley inexistente,vamos que no existe y si no existe,no la hagas ni p.caso,porque una ley inexistente es la nada y la nada puede ser un cuchillo sin mango,al cual le falta la hoja (anda,prepárate unas lonchitas de jamón, con "eso")
La forma verbal no es "aprobara", sino "apruebe", pues aún no existe dicha ley.
Conviene puntualizar que de momento se trata de un Proyecto de ley, que debe atravesar todo el trámite parlamentario, Congreso, Senado, aprobación y promulgación, hasta que no la veamos publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) no cabe hablar de sus efectos reales.
Por otra parte en España se han producido innumerables reformas de las leyes arrendaticias sin que en ningún caso hayan afectado a los contratos anteriores, para no ser tachado de mentiroso he de recordar que la actual LAU1994, autorizó una tímida reforma de los llamados contratos de ‘renta antigua’ que, no obstante todavía subsisten.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).