Qué ley es aplicable en este contrato prorrogado tácitamente
Les agradecería me aclararan QUÉ LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS SERÍA APLICABLE en el caso de este contrato de alquiler que especifica lo siguiente:
- Contrato firmado en julio 2012 y regido por la la VIGENTE Ley de Arrendamientos Urbanos en cuanto no se concrete en las siguientes estipulaciones. - VIVIENDA HABITUAL del arrendatario - Duración de 12 meses, tras lo cuales si el arrendatario desea continuar se pactará por escrito nuevo contrato por el tiempo que convengan las partes. - El arrendatario puede resolverlo en cualquier momento sin penalización lo comunique fehacientemente con al menos 2 meses de preaviso
En cambio, jamás se realizó ningún nuevo contrato ni escrito sino que los nuevos períodos de tiempo han tenido lugar por ACUERDO TÁCITO al seguir efectúandose el pago/cobro de la renta hasta ENERO 2018 con preaviso de 1 mes por parte del inquilino.
¿Qué ley debe aplicarse a la fecha de su rescisión: La Ley 29/1994 o la de JUNIO 2013? En cuál de estas dos situaciones estaríamos: A) El inquilino debe indemnizar por la parte proporcional de la renta a los meses que quedan para el año (LRU junio 2013) B) El inquilino debe haber avisar su desestimiento con 2 meses (LRU 29/1994)
Ese contrato se firmó en 2012. Le aplica la LAU 95 sin las modificaciones de 2013. Ya cumplió 5 años y ahora se encuentra en la prórroga de 3 años OBLIGATORIA para el arrendador, potestativa de año en año para el inquilino. Según el párrafo que ha transcrito, el inquilino puede irse CUANDO QUIERA (sin esperar al cumpleaños del contrato) avisando con 2 meses. Si no le ha avisado con 2 meses... qué quiere que le diga... yo en su lugar, y tras más de 5 años no le exigiría nada... Además tenga en cuenta que ahora el mercado está en alza con lo que usted podrá fácilmente volver a alquilar por una renta mayor.
Política de cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para fines analíticos y para mostrarte publicidad personalizada en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas).
Clica aquí para más información.
Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón 'Aceptar' o configurarlas o rechazar su uso pulsando el botón 'Configurar'.
Hemos detectado que tu idioma es el Español. ¿Deseas ver Enalquiler en este idioma? Ir a Enalquiler en EspañolWe have detected that your language is English. Do you wish see Enalquiler in this language? See Enalquiler in EnglishAbbiamo constatato che la tua lingua è l'Italiano. Vuoi vedere Enalquiler in questa lingua? Vai a Enalquiler in ItalianoWir haben bemerkt, dass Ihre Sprache Deutsch ist. Wollen Sie Enalquiler in dieser Sprache zu sehen? Besuchen Sie Enalquiler auf DeutschNous avons détecté que votre langue est le Français. Est-ce que vous voulez afficher Enalquiler dans cette langue? Afficher Enalquiler en FrançaisDetectamos que seu idioma é o Português. Quer ver Enalquiler nesta língua? Ir para Enalquiler em Português