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¿Qué hacer si uno de los inquilinos se va antes de terminar el contrato? ¿Los demás deben hacer frente al pago de la renta?
Uno de los 4 arrendatarios o inquilinos decide irse anticipadamente del piso (faltaban varios meses para la finalización del contrato), diciéndonos que abandona el piso, que ya encontró una nueva vivienda.
En el contrato, figuran varios como parte arrendataria. En una de las cláusulas se indica que "la arrendadora arrienda el inmueble mencionado a los arrendatarios". En otra de las cláusulas, se hace referencia a la renta: "la renta mensual se fija en 1000 euros"
En este momento, y con esta situación, ¿qué debo hacer? ¿Qué deben hacer ellos? ¿tienen que buscar a otro compañero para la habitación vacía? ¿tienen que abonarme la renta íntegra que figura en el contrato?
Gracias por su ayuda! Y enhorabuena por el foro, es de gran utilidad!
Si la persona que se va está en el contrato, lo lógico sería que él mismo se encargara de sustituirse buscando un nuevo compañero, ya que la otra solución sería seguir pagando y no creo que vaya a poder.
Si no lo está, entonces es cuando probablemente serían sus compañeros los que buscaran a alguien. De todas formas, hagan lo que hagan, tienes que seguir cobrando la renta total del piso
Hola oigo:
coincido con la respuesta de mi compañero Pedro.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Si la persona que se va no consta en el contrato no pasa nada, no es arrendatario. Si lo es, lo más probable es que sean solidarios, es decir, que Ud. tiene derecho a cobrar la renta a cualquiera de ellos. Lo normal es que el resto le pague la totalidad de la renta y si se niegan a pagar la parte del que falta puede demandarlos a todos conjuntamente por el impago de la renta e incluso desahuciarlos. Si esto no lo saben sus inquilinos pongalo en su conocimiento vera como acceden a pagar. Si no es asi puede mandarles un burofax y demandar en el plazo de un mes desde que lo reciban o bien poner directamente la demanda, en cuyo caso, tendran la opcion de enervar el desahucio (si lo solicita), es decir, ponerse al dia en el pago de renta.
Pedro Martinez
ABOGADO