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Hola,
Soy arrendador y el año pasado firme un contrato de arrendamiento de un piso, por las dos partes , noviembre y diciembre,que sigue este año en vigor, y cogi sin legalizarlo, y sin entragar la fianza y lo guarde , pero los pagos de los meses estan reflajados en una cuenta bancaria con su recibo.
La declaracion de la renta de 2010 esta hecha con el pago y deducciones
Si tú has declarado las rentas percibidas en tu irpf, con Hacienda estás en paz.
otra cosa será el ingreso de la fianza en el organismo competente en vivienda de tu Comunidad Autónoma. (Ivima - Incasol - Junta. Etc)
puedes hacerlo ahora, aunque llevará una pequeña penalización. Además creo que es menor si sale de ti que si hubiera sido porque "ellos" lo hubieran detectado.
saludos - Papeleos Alquiler.