Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Francisco

casero/a

¿Que es mejor para el propietario renovar el contrato en vigor o hacer uno nuevo?
Hola, quisiera que me den su opinión al respecto de que es mejor para un casero una vez cumplido el tiempo de 3 años de contrato, ¿realizar lo que se llama tácita reconducción, o hacer un contrato nuevo?. Si es la tácita recondución, ¿Que problemas se pueden presentar para el propietario en el futuro?. Gracias.
  • Preguntado por: Francisco
  • Hace 7 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (12)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
Piscis tres ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Nube

    inquilino/a

    Sí, no tiene límite. Continúa año a año hasta que una de las 2 partes desee darlo por finalizado.
    • Respondido por: Nube
    • Hace 7 años
  • Francisco

    casero/a

    Gracias a todos por contestar. ¿La prórroga de un año es ilimitada?, es decir,  según vence el contrato, 1º los tres años, después otro año más, a su termino, otro año más....... ¿así, hasta cuando?.
  • usuario eliminado

    Entonces Piscis es hablar por hablar porque en mi primera intervención me limitado a ilustrarte a ti
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 7 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Carlos, no es hablar por hablar, es ilustrarte ante lo que has dicho en tu primera intervención. 
  • MariaBarroso

    inquilino/a

    Que manera mas boba de liar al personal. Es evidente lo que Francisco quería preguntar
  • usuario eliminado

    Vamos que los 335 días que y he dicho también estas bien y es hablar por hablar lo de corregirme
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 7 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    efectivamente, mientras se comunique con la suficiente antelación, nunca se corre el riesgo de que se pase el plazo legal.
  • usuario eliminado

    Entonces pusiste trescientos treinta como pudiste poner cualquier otra cifra no?
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 7 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    No Carlos, ya he indicado "prudencialmente" no hace falta esperar al último día, el arrendador es libre de comunicarlo meses antes del vencimiento del contrato.
  • usuario eliminado

    A tener de la pregunta consulta serán 335 días no 330
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 7 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

     A tenor de la exposición de la consulta y pregunta, "una vez cumplido el tiempo de tres años de contrato" lo mejor para el casero es callar y esperar para actuar prudencialmente, dentro de los siguiente trescientos treinta días del contrato ya prorrogado. 
    Francisco, es conveniente saber y distinguir:

    1.- Renovar y hacer uno nuevo es lo mismo con distintas palabras.

    2.- Renovar y prorrogar si es distinto, el primero es nuevo y el segundo sigue según lo pactado al inicio.
    3.- Si el arrendador desea prorrogar, no ha de hacer nada, el contrato sigue igual por tres  años más o uno más, según sea la fecha respectiva del contrato anterior o posterior al 6 de Junio de 2013.
    4.- Si el arrendador quiere renovar ( hacer nuevo) , ha de comunicar al arrendatario ( mejor de forma fehaciente)  por todo lo antes de treinta días al vencimiento del contrato o al de alguna de sus prórrogas, que a su vencimiento no desea continuar con el arrendamiento.
    5.- Una vez resuelto el contrato, el arrendador y el arrendatario, pueden acordar, si así lo desean,un nuevo contrato, con nuevas condiciones.
    ¿ qué es mejor para el casero ? todo depende de las circunstancias, ya que en la prórroga será por un año más y con las condiciones iniciales y en la renovación será por tres años y con nuevas condiciones.
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Es mejor que se prorrogue automáticamente, ya que el arrendatario podrá seguir abandonando la vivienda con el preaviso de 30 dias (como a partir del sexto mes de contrato), pero tu puedes recuperar la vivienda con el preaviso de 30 dias en cualquiera de los cumpleaños del contrato, y no tienes que esperar al 3er año.

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas