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MARIA DE MIGUEL

casero/a

¿Qué documentos se deben pedir a unos estudiantes sin nómina? ¿Sólo aval bancario?¿Por cuánto tiempo?
¿Sólo aval bancario?¿Por cuánto tiempo?. Gracias por vuestras respuestas.
  • Preguntado por: MARIA DE MIGUEL
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
manuel josé ha sido elegida Mejor Respuesta
  • manuel josé

    casero/a

    Lo mejor y más cómodo es un avalista, los padres por ejemplo. También vale un aval bancario pero que cubra todo el plazo del arrendamiento. Es muy caro. También puede ser un seguro que cubra rentas impagadas y costas judiciales.

    Además como son estudiantes no será su vivienda habitual, por lo que imagino que harás de un contrato de temporada. En ese caso, es imprescindible que aparezca el domicilio habitual de los inquilinos en el contrato así como el motivo de este contrato y su duración. Que firmen todos solidariamente (cada uno responsable del total obligaciones) para si uno no paga deben solucionarlo ellos y no tú. Yo exigí que algún padre firmara como avalista (con solvencia: casa propia)

    Se incluyen al contrato fotocopias de documentos que acrediten la temporalidad.

    Sobre la prórroga del contrato de alquiler: la duración inicial del contrato la pactan las partes libremente: 1 año, 6 meses, 9 años ..., así como las posibles prórrogas y su régimen de ejercicio: prórrogas de 1 año, de 6 meses, con preaviso de 1 mes, de 3 meses...

    Ejemplo: Contrato de temporada con una duración inicial de 12 meses, del 11 de octubre de 2007 al 11 de octubre de 2008, en el que no se pacta ningún tipo de prórroga y se renuncia a la tácita reconducción del código civil. Este contrato expiraría el día 11 de octubre de 2008. A partir de esa fecha ambas partes podrían celebrar un nuevo contrato con distintas condiciones: renta, prórrogas, etc.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Yo cuando he alquilado a estudiantes, he pedido que los padres (con ingresos y vivienda propia - cosa que puedes ver en su declaración de IRPF) firmen como avalistas.

    Eso sí, el contrato solidario y los avalistas solidarios.
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