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quiero alquilar un piso y el casero me dice que el contrato por once meses en lugar de por doce. Porque dice que esta interesado en venderlo. A mi me da lo mismo, pero me gustaria saber ¿si lo alquilo por 11 meses no esta obligado a concederme la prorroga de tres años, en caso de estar interesada? ¿me podria echar a los once meses? ¿si es por doce tengo mas seguridad?
Trufa
Si es contrato de vivienda la duración da lo mismo.
lo que no tienes que aceptar son términos como "temporada" o "vacacional" o que "tu vivienda habitual está en tal sitio sitio y esta no lo es. "
saludos - Papeleos Alquiler.
Quizas el propietario sea un ignorante o quizas no, o tal vez lo sea y su letrado no.
Si el contrato se redacta bajo la forma de contrato de temporada, el inquilino no tendrá derecho a prorroga.
Pedro Martinez
Abogado
No hay ninguna diferencia, solo que esta petición del casero demuestra su ignorancia sobre el tema de arrendamientos.
Tu vas a poder estar en al vivienda hasta 5 años siempre que quieras.
Si quiere vender, tendrá que avisarte antes porque tu tendrás preferencia sobre la venta, y si a ti no te interesa y aún así lo vende, el nuevo propietario tendrá que aceptarte como arrendatario con el mismo contrato que firmes ahora.
No estás obligado a permitir la entrada en la vivienda a nadie para verla, y sin enseñarla, dudo que la venda
La prórroga no es de tres años, es de cinco, al menos con la ley vigente actual.
La diferencia es que el casero no conoce sus obligaciones, y que da igual la duración inicial pactada, pues las prórrogas son a voluntad del inquilino. De hecho te favorece que sea de 11 meses, pues así, en caso de problemas, es un mes menos que tienes que estar en esa vivienda.
Por otro lado, para venderlo, tienes derecho de compra preferente en tanteo y retracto.