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El piso me lo arrendó un "amigo". Pero ni la tele, ni la lavadora ni la ducha funcionan, algo que me aseguró que sí funcionaba cuando entré a vivir allí. Como éramos "amigos" no hicimos contrato, tan solo un papel firmado por ambas partes en el que decía que yo le dejaba prestados 350€, que, en realidad, son los de la fianza. Por tanto, si decido marcharme en abril, tengo derecho a reclamarle mi dinero? Y, si no es así, puedo permanecer en el piso el mes de abril sin pagarle la mensualidad de 350€ para cubrir la fianza?
Muchas gracias
Hola,
los contratos verbales tienen la misma validez que los escritos, pero cuando llegan los problemas...presentan una cierta fragilidad.
Dado que todo (salvo el papel del préstamo) es verbal, deberán consultar con los testigos del contrato y ver qué es realmente lo que acordaron.
Como recomendación, y visto lo tremendamente irregular (por ambas partes) que es el asunto, les recomiendo que lleguen a un acuerdo lo antes posible y finalicen su relación comercial (Usted abona el tiempo que ha estado en el piso, y su amigo recupera el piso defectuoso).
Meterse en Juicio con tal escasez de pruebas fehacientes sería un cruce de acusaciones que les costaría a ambos una buena cantidad de dinero, y cuyo resultado es, como poco, incierto.
Suerte.