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Se va a ir en un mes y quiero dejar esto arreglado.
Ignora mi respuesta anterior.
Me imagino que te referiras al Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Ya he visto tu pregunta anterior y que profesionales han comentado que este impuesto sí hay que pagarlo... Por lo tanto, lo dicho, que no he dicho nada...
El impuesto se aplica sobre los actos que se tienen que inscribir en escritura pública. En el caso de los alquileres no es necesario.
Si en un alquiler alguna de las partes solicita que el contrato se eleve a escritura pública, los gastos correran a cargo de la parte que lo solicita. Si te lo ha pedido el inquilino, no se lo tienes porque pedir: lo hará él porque es la parte interesada...