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Mercè

casero/a

¿Puedo echar a un inquilino que tiene una habitación alquilada, sin contrato? ¿y cómo?

Es una casa en la que no vivo. En su momento decidí alquilar por habitaciones por unos motivos. Ahora han cambiado y la quiero alquilar entera. Queda una habitación alquilada todavía. Avisé a la persona con más de 2 meses de antelación.

Ahora parece que esta buscando escusas y cosas y me temo que no se quiera ir.

Al no haber hecho un contrato por escrito, solo de palabra. Puedo hacer tambien el desalojo expres? o alguna otra cosa?

  • Preguntado por: Mercè
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
Eduardo Llarena ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Fe de erratas. Donde dije:" Una buena parte de la vivienda " quise decir: " Una buena parte de la jurisprudencia". Le pido disculpas por el error.

    Reciba un cordial saludo

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Mercé.

     

    Una buena parte de la vivienda interpreta que un contrato como el que usted realizó (los contratos verbales son válidos) debe calificarse como de uso distinto al de vivienda. Al ser un contrato verbal la dificultad estriba en probar lo pactado.

    Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos quien, con la documentación relacionada con el contrato verbal(recibos, comunicaciones..) y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder

    Reciba un cordial saludo

  • Mercè

    casero/a

    Gracias por la respuesta. Lo que pasa es que el contrato es de palabra y no hablamos de la duración del contrato. Lo único que le dije es que como la casa estaba en el plan del PGM del Carmel i entorns y nos iban a expropiar. Le avise que si esto sucedia tendría que marcharse sin pedir nada. Pero no hablamos de finalización del contrato. Claro que ella entro en septiembre de hace 2 años, si no quiere irse ¿podria atenerme a que al ser contrato anual debe irse en septiembre?

    • Respondido por: Mercè
    • Hace 14 años
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Hay bastantes juzgados que entienden que el alquiler por habitaciones no está protegido por la Ley de Arrendamientos Urbanos y que se puede resolver el contrato al fin del periodo pactado. No habiendo documento escrito tendría que acreditar usted que el periodo ha pasado. Trate de negociar.

    www.asistencialegal.net

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