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Tengo un piso que alquilé a 4 personas el 15 de octubre de 2012 y no sé muy bien lo que puedo desgravarme o no.
el piso está hipotecado pero voy a dejar por imposible las deducciones sobre intereses, etc. Porque es un lío.
he visto que puedo deducirme gastos del ibi, tasas de basura, gastos de comunidad, seguros, amortizaciones varias, etc. Pero no sé si los correspondientes a todo el año o sólo el tiempo en que ha estado alquilado el piso: del 15 de octubre al 31 de diciembre. En el manual de renta del patrimonio 2012 no lo veo claro.
también querría saber si dos de mis inquilinos tienen la obligación de darme el certificado de tener menos de 30 años y ganar más del iprem para `poder deducirme el 100€ de su alquiler (y el 60% de lso otros dos).
muchas gracias
gracias y un saludo.
No era una sorpresa porque no lo habias dicho, era solo una forma de ver si aplicas todas las posibilidades de deduccion porque lo que me sorprendió fue que dijeses que ibas a "dejar por imposible las deducciones sobre intereses porque son un lio"
Sobre el prestamo, corrigeme si me equivoco, puede ser que se trate del denminado "cambio de casa", es decir, una garantía doble con 5 años de carencia a la espera de vender una de las viviendas para cancelar parcialmente ese prestamo. En ese caso el importe del prestamo es para adquirir la segunda vivienda, con lo que pueden deducirse los intereses prorrateados. Tu primera vivienda se huipoteca igual que la que copmpras pero solo a efectos de constar como garantia.
Te lo digo porque con UCI he formado muchas hipotecas de ese tipo, ya que tengo un convenio de colaboracion con ellos.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
Pedro, gracias por tu respuesta. Te he mandado la referencia al manual para hacer la declaración de la renta de 2012 para que lo mirases porque has sido tú el que se ha mostrado soprendido por el hecho qe que fuera a deducirme las mortizaciones.
Javier, gracias por tu respuesta. Estoy cumpliendo todas mis obligaciones como arrendadora, ya que el alquiler es através del Plan Alquila de la Comunidad de Madrid, donde lo revisan todo con lupa, y cada uno de mis 4 inquilinos presentó toda su documentación (son 4 miembros de una misma familia, y los 4 están trabajando).
Mi problema con la deducción de intereses es que en mi caso no se trata de una hipoteca al uso, si no que es un préstamode UCI sobre dos pisos (el alquilado y el piso en el que vivo ahora) con un periodo de 5 años de carencia que aún no se han cumplido. Si sabes de algún asesor fiscal que sepa realmente cómo hacerlo, por favor dímelo, porque he consultado con varios y cada uno me ha dicho una cosa distinta, por lo que ya no sé qué creer. Por eso decía que al final iré a Hacienda para que el asesor de allí revise mis borrador hecho en casa, por lo que prefiero llevar parte del trabajo hecho.
A mi me surge una duda. ¿ El contrato es a 4 personas o alquilan habitacione? ¿ El contrato es a estudiantes y de temporada?
Lo digo porque me da que va tan perdido en la declaración de la renta como en sus obligaciones como arrendador, y estas dos cosas pueden colisionar y darle bastantes dolores de cabeza.
Sgsaez, no te lo tomes como un ataque, pero si sabes tanto de temas fiscales ¿como te parece un lío las deducciones sobre intereses?
Yo no tengo ni idea de temas fiscales, pero tengo muy claro que al hacer la declaracion en un asesor fiscal me ahorro mucho dinero en impuestos sin hacer ningún fraude fiscal, simplemente me deducen todo lo legalmente posible (cosa que ni yo ni los "asesores" de la agencia tributaria saben hacer).
El que tenia dudas eres tu, yo no tengo que mirar ningun manual.
pedro Martinez
Abogado
5001@Icagr. Es
Pedro, claro que vot a deducir las cantidades destinadas a la amortización [Arts. 23. 1 b) Ley irpf y 13 h) y 14 Reglamento]. Mira el manual para hacer a renta de patrimonio de 2012, en concreto en la página 106.
de todas formas siempre presento telemáticamente mi declaración después de revisarla con un asesor en Hacienda y repasar con él las cosas que no nos quedan claras.
Tambien deduces la amortizacion?
tal ves desconozcas muchas de las posibilidades para pagar menos impuestos, tal vez hagas mal la declaracion y te pegue hacienda un susto.
pedro Martinez
Abogado
5001@Icagr. Es
Gracias pero, ¿de verdad que me saldría más barato un asesor que lo que podría ahorrarme por las deducciones sobre los intereses de una hipoteca a aplicar sobre unos ingresos anuales de solamente 1.500€ en concepto de alquiler?
Los gastos se deducen en proporcion al tiempo alquilado.
Me sorprende que alguien renuncie a hacer bien la declaracion porque es un lio, cuando el coste de que la haga un profesional, ademas de la garantia de estar bien hecha puede suponer un resultado mas beneficioso en la declaracion.
Pedro Martinez
Abogado
5001@icagr.es
no estoy seguro, pero creo que solo te puedes deducir la parte proporcional correspondiente a los meses que el piso está alquilado.
te recomiendo que acudas a un asesor fiscal para hacer la delaracion. Seguro que te ahorras más de lo que te cobre el asesor.