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Buenos días,
necesito alquilar mi piso (vivienda habitual) a una pareja.
lo que pasa es que la pareja me ha dicho que prefieren no declarar el alquiler del piso, pero yo sí quiero declararlo, ya que también me iré a vivir de alquiler, pero a otra ciudad.
la pregunta es: ¿para que yo pueda declarar que percibo una renta del alquiler de mi piso en propiedad y a la vez que estoy pagando un alquiler, es necesario que mis inquilinos declaren el pago de su alquiler?
muchas gracias por cualquier respuesta útil.
saludos,
mario
Efectivamente...el contrato junto con la demostración de los ingresos mesuales es sin duda el mejor isntrumento que tengo a disposición, en caso de que se genere algún problema.
Muchas Gracias, amparo por su respuesta.
Mario
¿De qué forma puedo demostrar que están metidos en mi casa?
el contrato de arrendamiento es una buena forma.
saludos - Papeleos Alquiler.
José,
Mi preocupación principal está precisamente ligada a la posibilidad de desahuciar (espero no tener que tomar nunca a esta medida...) en caso de impago a los inquilinos.
Lo que me preguntaba era: si yo NO declaro el piso, en caso de tener problemas de pago de qué manera podré luego denunciar a los inquilinos insolventes?
Así que he decidido que sí voy a declarar que alquilo mi piso. Por otro lado tengo la duda de que si mis inquilinos no quieren declarar que están pagando un alquiler, de qué forma puedo demostrar que están metidos en mi casa?
He pensado que al menos cuando me hagan los ingresos mensuales en mi cuenta pongan por supuesto su nombre y en concepto: mensualidad+nombre del mes.
Os parece correcta esta forma de proceder?
Muchas gracias de nuevo.
Saludos.
Mario
Muchísimas gracias a todos por las muy útiles respuestas enviadas.
un saludo.
mario
Los inquilinos no tiene obligación alguna de declarar elalquiler que pagan a la aeat, podrán acogerse si cumplen los requistos establecidos y les interesa a las deducciones establecidas para los inquilinos.
para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/
Puedes declararlo normalmente es al reves, pero bueno puedes hacerlo, ellos se pueden beneficiar mas si lo hacen, a nivel de desahucio da igual, pero el propietario debe de hacerlo al igual que los cambios de nombre de los suministros agua, luz, etc.... ya que hacienda esta investigando por esa parte.