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El nuevo propietario de nuestro edificio le ha comunicado a un vecino los pocos que quedan de renta antigua que, con motivo del arreglo de la fachada interior, quieren volver a abrir todas las galerías, que habían sido cerradas por los anteriores propietarios o inquilinos antiguos. En muchos pisos aún están solo allí los inodoros y muchos tienen además la pequeña ducha (están divididas en 3 partes).
Aunque algunos pisos, como el mío, ya tenían el baño hecho dentro de una habitación cuando nos lo alquilaron, a mi vecino de renta antigua le han dicho que "esa galería tiene que estar abierta" y que "habrá que hacer el baño en una de las habitaciones interiores", planteándole el problema de que tendría que “perder” una habitación que tiene otro uso desde siempre.
¿Le puede obligar el nuevo propietario a aceptar las obras para abrir la galería y perder una habitación interior?
A los vecinos que tenemos contratos temporales, ¿Pueden obligarnos a esto mismo?
Como ampliación puedo decirle que en mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ tengo tratado ese tema desde distintos puntos de vista.
Como le digo,los incrementos, mejor dicho la repercusión de obras no es un tema pacifico en la normativa de arrendamientos, en cada caso concreto hay que estudiar la comunicación escrita que debe hacer el dueño. El supuesto que describe es un caso en el que la inquilina no se debió conformar pero si lo ha admitido ahora es tarde para rectificar.
Sobre los increntos de los recibos por obras, me pregnto si se pueden reclamar con efectos retroactivos y después de que haya cambiado el propietario. La otra vecina que hay en la escalera con contrato indefinido hizo que le cambiaron una puerta que da al patio (había una antigua de madera muy estropeada y la cambiaron por una de aluminio con dos estrechas hileras de ladrillos a los lados) y desde entonces le subieron el recibo muy considerablemente. De esto hace algunos años. Ella protestó, argumentando que los administradores estaban "hinchando" el importe de la reparación, pero al final se aguantó con la subida que ha quedado incluída "ara siempre" en su recibo de renta, sin nprevia explicación de cuánto sería. Nunca le enseñaron la factura del "lampista" que hizo la obra, y por tanto no se sabe cuánto les cobró a los propietarios en realidad y si el porcentaje aplicado es correcto.
Brisa BCN Lo que ahora relata me reafirma en mi criterio anterior el dueño no puede obligarles a hacer ninguna obra en el interior de su vivienda, en cuanto a los incrementos del alquiler por mejoras hay que studiar cada caso concreto pero tampoco es algo facil de obtener.
Buenos días:
Actualizo la información con la respuesta que le ha dado a mi vecino un abogado del servicio de Vivienda ("Patronat de l'Habitatge", del Ayuntamiento y la Generalitat) que acudió a informarse allí ayer, con el contrato del piso, recibos y una foto de la fachada en que se ven varias de las galerías cerradas de nuestro edificio.
Le confirmó el técnico que NO pueden pretender cambiarle el lavabo de sitio, ocupando otra habitación, y tampoco abrir la galería que siempre ha estado cerrada, (también cuando él alquiló el piso, creo que hace más de 35 años). Que, además, si el propietario quisiera hacer una obra o visitar la vivienda, tiene que notificárselo previamente por escrito, y mi vecino es libre de no dejarlo pasar, a no ser que se tratase de un asunto grave que afecte a la seguridad del edificio o de otros vecinos.
Por supuesto también deberán notificar por escrito, con antelación, cualuier gasto o cambio enlos recibos que pretendanaplicar.
En caso de que el pripietario insistiera en sus intenciones, entonces seguramente se entraría en la vía judicial.
Consultó el técnico en los ordenadores si para este edificio hay tramitado algún permiso de obras y salia que NO, aunque están reformando tres pisos que habían quedado vacíos... no sé si el permiso que buscaban era solo de la fachada o de asuntos generales de la finca o también deberían verse en el sistema del Ayuntamiento las obras de los pisos.
También le dijo este técnico que, cuando pongan el ascensor --que hace tiempo que los albañiles de las reformas dicen que los nuevos propietarios sí tienen previsto hacerlo, pero que están a la espera de permisos-- no pueden cobrar nada a mi vecino de contrato inf¡definido, ni subirle la renta (creo que porque hay una subvención municipal para los propietarios que instalen ascensores). No sé aún si nos pueden cobrar a los demás, de contratos temporales, por el ascensor.
Espero que esta información pueda ayudar a quien la necesite.
(disculpen los errores al teclear mis dos respuestas anteriores en el teléfono)
De momento sería de gran ayuda si, con los datos sobre el cambio de propietarios qeu he dado, alguien puede decirnos si nos podemos oponer a que nos obliguen a cambiar parte de las distribuciones o cerramientos o usos de los pisos estando dentro de un contrato.)
Estamos en Barcelona. Hay infinidad de edificios en los alrededores y en la misma manzana donde las fachadas han sido remozadas dejando las galerías cerradas, unas por obre y otras con ventanales de aluminio, lo que me hace pensar que no debe ser obligatorio "volver a abrir" la galería en este nuestro. Y sobre todo, al igual que en mi caso olvidaron notificarme el final del contrato y ha quedado renovado automáticament per 3 años consecutivos en las mismas condiciones del contrato que firmé (es decir, bajo la ley anterior) me gustaría pensar que esto sirve también para proteger a los vecinos de alquileres más antiguos respecto a las pretendidas modificaciones. ¿nos lo pueden decir?
Añadir que sé que es el propietario quien de ía decidir si ha ía que hacer obras o no, pero los administradores generalmente "ahorraban" contratando operarios de baja profesionalidad o aficionados que, además de causar más problemas de los que "arreglaban", luego los administradores han cargado gastos desproporcionados y no justificados por obras ave inos que. O se supieron defenderen su momento. Y dicéndoles además que" si no, no hay manera de subir".
Gracias por sus respuestas. Nunca hubo comunidaddepropietarios. El edificio era propiedad de una señora que muro hace más de 11 ańos y sus sobrinos los herederos estuvieron en litigio hasta quehace unos 2o3 uno ganó y después dealgunas chapuceras reparaciones mínimas consiguió venderlo a lo que parece ser un Fondo de inversión. Los anteriores administradores( este mes han avisado que cambian) no eran muy honestos y hacían trampas con gastos añadidos a recibos sin avisar, y culpa an a los propietarios de las chapuzas o falta de arreglos varios.
Dice que es un solo propietario por lo tanto no ha habido acuerdo de ninguna junta, sin embargo no veo facil que pueda tomar esa determinación que parece caprichosamente unilateral que afecta directamente a la morada de varias personas, entiendo que necesitan un abogado para oponerse a esas pretensiones o bien llegar a un acuerdo transaccional.
En http://www.pedrohernandezabogado.com/ , donde tiene abundante información sobre estos temas, estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente
El problema que plantea es que probablemente el cerramiento de la galería fue ilegal en su momento y al nuevo propietario no le autorizan a realizar las obras de rehabilitación si no cumple con la legalidad urbanística.
Si las obras de rehabilitación de la fachada interior vienen impuestas por el ayuntamiento, mucho me temo que van a tener que aceptar este cambio, ya que se trata de un problema de legalidad urbanística y no un "capricho" del propietario.
Un saludo,
Lo dudo mucho.
Dependerá de si todas esas obras se aprobaron en junta, de lo que digan las actas de dichas reuniones, si no habia comunidad de propietarios si tienen autorizacion para dichas obras por escrito, y de la necesidad de la obras que describe.