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Vivo en torremolinos, y aqui, si te alquilan un piso y te empadronas, la factura del agua tiene bonificacion. El problema es que la factura tiene que ponerse a nombre del inquilino y empadronarse en dicha vivienda.
Coincido con JAN en que el empadronamiento es un derecho y un deber, pero por eso mismo no sería correcto que los Ayuntamientos lo condicionasen al consentimiento del arrendador (no dudo que en la práctica lo haga alguno o muchos de los más de 8.000 que hay en España), sino como mucho que exijan al inquilino acreditar el alquiler (mediante contrato, recibos del pago de renta, etc.)
Hola anamuoz:
El empadronamiento es un derecho y un deber que tiene todo ciudadno residente en todo el territorio nacional. El acceso al padrón es regular de forma local por los Ayuntamientos, por lo que en algunos se exije el consentimiento previo del propietario-arrendador para que el arrendatario pueda empadronarse.
Infórmese acerca de los requisitos para poder empadronarse en Torremolinos.
Respecto al cambio de titularidad del contrato de suministro de agua le aconsejo que se informe en el Servicio Municipal de Aguas del Ayuntamiento o , en caso de concesión administrativa, en la Empresa encargada de la misma.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es