Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
En la comunidad han puesto unas normas que me parecen un tanto absurdas como que no se puede poner una lavadora a partir de las dos de la tarde hasta las cuatro para respetar las siestas de los demas ocupantes del recinto,a si como el volumen de las televisiones la musica,los perros no pueden molestar con ladridos aunque sea en el dia,si se abre la puertA de tu casa y tu perro ladra,molesta,si oye algun ruido extraño y ladra molesta,los niños que se tengan tienen que moderar las voces tanto fuera como dentro de las viviendas,a si como que no se puede gritar inclusive dentro de la vivienda de cada uno,que las pongan a partir de las diez de la noche pues lo veria un poco mas logico,pero que se incluyan en el horario diurno de dos a cuatro me parece abusivo,¿podria alguien explicarme si esto esta permitido? muchas gracias de antemano
Hola galea:
en els iguiente enlace encontrará más información relacionada con la respuesta del sr Crazyh:
Reciba un cordial saludo
Si muchisimas gracias por decirlo,pero ya he hablado con la dueña que me va a hacer un escrito privado para el consentimiento,porque porsupuesto le parecen absurdas las normas
Galea, según la LPH los arrendatarios no tienen potestad para asistir a las reuniones de propietarios. Deberá pedir su consentimiento por escrito a su arrendador
joer con la comunidad!! librenos Dios de vecinos asi.
Desde luego pasese usted por el forro todas esas normas y viva como quiera dentro de las reglas de la sociedad y listo.
Hola galea:
coincido con la respuesta del sr Crazyh. La Comunidad carece de ese tipo de potestad sancionadora aunque la misma se haya contemplado en el Reglamento de régimen interior o en los Estatutos.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Muchas gracias a crazyh,era lo que queria saber para poder asistir a la reunion,y saber lo que puedo hablar,muy agradecida
No, no es legal.
Ni las normas ni multar.
La comunidad no puede poner normas dentro de su espacio privado, que es su casa, pues sería inconstitucional y demandable. Mucho menos tiene poder sancionador.
La comunidad puede establecer normas de comportamiento en los espacios comunes, y siempre que ello no sea algo tan absurdo como evitar que un niño llore o un perro ladre.
Respecto a la música, televisión, etc... nadie puede negarle el uso en su espacio privado ( su vivienda), ni el poner una lavadora, aunque fuera a las 2 de la mañana. Si esto molestase a alguien deberá llamar a la policia, no al presidente de la comunidad, que vendrá y tendrá que medir el volumen del sonido en decibelios, que están establecidos con un máximo tanto en horario nocturno como diurno por orden municipal.
Puede interponer recurso a la junta de propietarios alegando que no es constituciional que coharten su libertad en su propia casa. Si le siguen exigiendo esas normas puede pasárselas por el forro de lo que le apetezca, pues ningún juez les dará la razón a menos que vaya borracho ese dia ( cosas más extrañas he visto que pasan), pero incluso asi lo ganaría en la Audiencia Provincial. ¿Y cómo piensan cobrarle las multas? De risa, vamos.
Lo que quisiera saber Amparo es que si es legal,multar,¿donde se ha visto que las normas que por exelencia son a partir de las diez de la noche se apliquen en horario diurno.Porsupuesto que podria marcharme a otro piso,pero que esto seguro que no hay una ley.Para las normas nocturnas si que hay una ley.¿me llaman a la policia o me van a cursar la pertinente denuncia alegando que he puesto una lavadora a las 2 de la tarde?porfavor creo que de coherencia muy poco.De todas maneras muchas gracias por tu respuesta
Las Comunidades son soberanas para establecer normas de comportamiento que decidan por mayoría.
Lo bueno que usted tiene, es que, si no le gustan las normas establecidas, cuando llegue el vencimiento de su contrato podrá marcharse a otro piso.
Saludos - Papeleos Alquiler.