¿Puede el inqulino, dejar la vivienda por motivos laborales, asumiendo la pérdida de fianza?
En un contrato de duración de 10 meses, el inquilino ha tenido que dejar el arrendamiento debido a un problema laboral a los dos meses, la cuestión es que el propietario le quiere obligar a cumplir lo que queda de contrato. ¿Puede dejar la vivienda asumiendo la pérdida de fianza?
En principio y ciñéndonos a la LAU, el casero está en su derecho de exigir las obligaciones de pago que asumió el inquilino.
El espíritu de la Ley, y esta es una apreciación personal mía, es la de crear un marco de seguridad para las dos partes, así hay derechos y obligaciones mínimos para cada parte.
Una solución razonable es la de hacer una búsqueda activa de un nuevo inquilino, y esperar que sea del agrado del casero, para que la vivienda se ocupe de nuevo lo antes posible. Conviene recordar que la obligación de pago del inquilino, que se va antes del final del contrato, es hasta tanto hubiera durado el contrato de cumplirse o bien hasta que se arriende nuevamente la vivienda.
Si consigue un nuevo inquilino no tendrá usted que pagar los meses que no ocupe la vivienda, y además habrá conseguido terminar la relación contractual en buena armonía con su casero. Nunca se sabe si tendrá que volver a ser su inquilino, y más vale irse dejando una buena impresión.
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