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Se trata de una reparación en la tarima flotante que se ha levantado un poco, parece se que por humedad y como consecuencia hay que levantar dos habitaciones para repararlo, con las consiguientes molestias. De mutuo acuerdo vamos a resolver el contrato cuando ellos hayan encontrado otra vivienda a la que mudarse y le he dicho al inquilino que para no ocasionarle molestías la reparación se hará cuando dejen el piso pero quiere que se lo repare aunque ellos estén allí y me dice que me "exigirá un resarcimiento" por las molestías que se ocasionen, ¿puede hacerlo? ¿qué tipo de resarcimiento?
Dejale que pida, pero por la via judicial.
la Lau dice que tendrá que aguantarse, salvo que la obra dure mas de 20 dias, caso en el Tendrá derecho a una reduccion de la renta proporcional al espacio de la vivienda del que se vea privado.
por cierto, exigele que te comunique de forma fehaciente esos desperfectos, asi te evitaras problemas con la entrada en la vivienda para hacer las obras.
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es