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¿Y durante la duración de un contrato de este tipo pueden los inquilinos empadronarse en la vivienda objeto del contrato temporal? ¿Qué implicaciones contractuales tendría este dato caso de poder hacerse?
Ante todo hay que tener en cuenta la amplia libertad de interpretación de los medios d eprueba de que gozan los Jueces en España, dicho esto, añadir que el padrón puede ser un medio o un intento de acreditar la vivienda habitual, sin embargo si previamente se ha manifestardo que no lo es, tambien puede invocarse el principio de que no se puede ir contar los propios actos.
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Buenas, tengo un problema parecido y una duda mu grande. Voy a alquilar una habitacion a un estudiante y el estudiante se quiere empadronar para recibir las ayudas de estudios y eso. El tiempo del contrato sera el de 9 meses o asi , un curso. Entonces si se empadrona se tratara como vivienda habitual?
Gracias.
Nadie se puede empadronar en una vivienda temporal. Si intentas hacerlo presentando un contrato de vivienda temporal, te deberían decir que nones.
Si te empadronas en un piso, estás demostrando de alguna forma que no es tu vivienda habitual, no sólo legalmente. Es decir, si me voy un mes a una casa (por vacaciones, obas o lo que sea)yo no voy a hacer todo este papeleo, cuando se que en un mes, lo voy a tener que poner otra vez como antes. Por lo tanto, si quiero empadronarme en un sitio, es que pienso quedarme más de un par de meses...
Indicarte, que por mucho que ponga en el contrato que éste es temporal, si el inquilino utiliza la casa como vivienda habitual, él tendría derecho a los cinco años de permanencia en la casa y todas las demás cosas que la LAU concede a las viviendas habituales. El que se empadrone, solicite el médico de la zona, que inscriba a los hijos en el colegio de al lado, etc, son una prueba de que es su vivienda habitual.
Otra cosa, por si te interesa: al menos en Madrid, si alguien se quiere empadronar en un piso, necesita el permiso escrito de cualquier persona que esté ya empadronada en él.
Gracias Guillem, la duda es que si les permitieran empadronarse en la vivienda temporal, si supondría un caracter de vivienda habitual a esta.
Puedes hacer un contrato temporal en el que especifique el domicio habitual de los inquilinos, y en el que conste el motivo del arriendo por la temporada concreta. Si en el contrato especifica claamente que su domicio habitual es otro, y el motivo, no creo que les permitan empadronarse en el temporal. No se a que te referieres en implicaciones contractuales.