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Es decir se alquila un piso, puede la dueña quedarse con una copia de las llaves, siempre que no las use?
?Se que no puede entrar mientras el piso este alquilado, pero podria quedarse con una copia?
Mira,he sido conserje de finca urbana 22 años y te puedo asegurar que a tu vivienda alquilada no puede pasar nadie con otra lcopia,salvo que tu hayas dado consentimiento .
Yo,he tenido copias de todos los vecinos por si habia una emergencia,pero aún así,debia llamarles por telefono para que lo permitieran.
Tal es eso cierto que una vez vinieron los bomberos a un aviso mio por una fuga de agua en un piso y no podían entrar porque sería allanamiento de morada..tubieron que pedir una orden al juez para hacerlo,ni la policia pasó.
Haces bien en no responderme, soy bastante ton to como para entender a alguien.
Para mi era bastante obvio que, si demandas en el juzgado porque no te pagan, por mucho que tengas llaves de esa cerradura deberás cambiarla. Para ti es obvio no responderme porque no te voy a entender, pero en cambio no era obvio eso.
Quizá lo obvio es lo que le cuesta a la gente admitir que "han tropezao" y rectificar.
raqgd Tienes toda la razón en tus planteamientos ,Pero con esa copia que te quedas y entras. ,entras en la carcel de 6-24 meses
Hola,
Habia pensado en responderte, pero se que por mas que me expliques no vas a entenderme, ahi cosas que son obvias pero bueno prefiero cerrar el tema.
Seguiré buscando la ley donde indique eso que comentas.
Un saludo.
raqgd, por este mismo foro ya he puesto la ley y la normativa que señalan que, cualquier llave no entregada por el arrendatario, es una llave falsa, tratada a los mismos efectos que una ganzúa.
Y ya que te has explicado mejor, te voy a contestar a tus mejores explicaciones, que me parecen absurdas:
" 1.- sobre entrar si hay algun problema tengo claro que siempre deberia de dar el consentimiento el inquilino, aunque haya consentimiento si no hay nadie que tenga una copia no se podria solucionar, por ejemplo una fuga de agua "
¿ Tú conoces exactamente a qué se dedica un cerrajero?
" 2.- no me refiero a entrar sin mas, despues de hacer todos los tramites de deshaucio cuando un juez lo autorizara al tener una copia seria posible entrar en caso contrario habria que poner una nueva cerradura"
Ah, cierto. Desahucias a una persona que tiene llave de esa cerradura, y como tienes llave tú también, entonces no la cambias. Abres la puerta, la cierras y te vas tan tranquilamente dejándo una nota en la puerta que ponga "oye, tú, que has sido desahuciado, no se te ocurra abrir la puerta con la llave que tienes, pq me la tienes que devolver".
Perdona raqgd, pero la cabeza está para pensar, y antes de hablar (o de escribir), deberías usarla.
Un saludo, sin acritud, aunque no pude evitar la ironía.
para cuando se cambie de inquilino poder ampliar la vajilla con la misma o cambiar los que esten rayados por otros iguales.
Me explico mejor, que no quise extenderme y quizas deberia a verlo hecho.
1.- sobre entrar si hay algun problema tengo claro que siempre deberia de dar el consentimiento el inquilino, aunque haya consentimiento si no hay nadie que tenga una copia no se podria solucionar, por ejemplo una fuga de agua...
2.- no me refiero a entrar sin mas, despues de hacer todos los tramites de deshaucio cuando un juez lo autorizara al tener una copia seria posible entrar en caso contrario habria que poner una nueva cerradura.
De todas formas por ams que he buscado aun no he hecontrado ninguna lei que prohiba al casero quedarse con una copia de la llave siempre que no la use, para mi opinión es como si me dices por ejemplo que he de dejar una vajilla completa (de 12) y en vez de eso me quedo yo con algunos.
Ahora es muy tarde y no voy a ponerme a buscar donde explique que hay la obligación de entregar todas las copias de las llaves que existan y se conozcan, que el guardarse una llave es un delito de tenencia de llave maestra, y que el inquilino es quién debe decidir a quién da copia o no..
" A mi me daria igual que me cambiaran la cerradura, pero si luego en vacaciones hay algún problema y no se puede solucionar por no poder entrar"
Eso es problema del inquilino. Entrar porque se tiene una llave no entregada por el inquilino, directamente es un delito de allanamiento de morada con uso de fuerza, ya que esa copia se considera llave maestra.
" pero si un día se largan y desaparecen puedo entrar a MI casa"
Hasta que no se firme la finalización de contrato no es TU casa, es la casa del arrendatario, y entrar de esa forma supone, otra vez, delito de allanamiento con uso de fuerza. Si se largan y desaparecen, la vía legal es acudir a un juez y emprender un desahucio.
Pero vamos, es que además es de cajón, pq la diferencia entre tener la llave o no, es de 80-100€ q es lo que va a cobrar un cerrajero haciendo un servicio URGENTE, y unos 30-40 si se reclaman los servicios pero no hace falta que venga inmeditamente. O sea, una auténtica ton te ria que no tiene ni pies ni cabeza y que solo puede dar problemas.
Puestos a cometer un delito grave de allanamiento de morada ( protegido por la propia constitución española, art. 18.2), lo de menos es gastarse 30€ en el cerrajero.
Quizá es que no teneis claro el concepto de que deja de ser vuestra casa y pasa a ser la del arrendatario.
Así que, en definitiva, no , no puede quedarse ninguna copia, está obligado a entregar todas las copias conocidas y no hacerlo supone un delito, y tampoco puede entrar en la vivienda sin el permiso expreso e inmediato del arrendatario ( no vale eso de firmar en el contrato que el arrendatario da permiso para entrar, porque será nulo) o una orden judicial.
Raqgd,
Lo que me parece que no comprendes es que si el propietario entrase en el casa usando la llave, No importa el motivo, iria a pri-sión.
entendemos eso?
pablo
Cristina, en mi anterior comentario no queria poner tu nombre, no se que hize que se puso, pero bueno....
La diferencia que yo veo es la siguiente:
- Buen inquilino: paga, no dara problemas, quizas se moleste en cambiar la cerradura pero dejara las cosas tal como estaban.
- Mal inquilino: no pagara, dara problemas y dudo mucho que se moelste en cambiar la cerradura, ni en pagar un duro por ello.
A mi me daria igual que me cambiaran la cerradura, pero si luego en vacaciones hay algún problema y no se puede solucionar por no poder entrar, todos los gastos serian a cuenta del inquilino. y yo lo que dejaria claro en en contrato es que si doy la casa de una forma la quiero igual, ya sea la cerradura o muebles o lo que sea, si al inquilino no le gusta algo lo podrá cambiar pero dejando lo que habia enteriormente.
La diferencia raqgd es que el dueño no es ni amigo ni familia del inquilino. Ni tiene por qué ejercer de padre o madre.
además le dará igual haberse quedado con una copia. Porque lo que sí es lógico es que el inquilino cambie la cerradura nada más entrar.
saludos - Papeleos Alquiler.
por eso mismo creo yo que es logico que el dueño se quede con una copia, por si ocurriera algo que pudiera entrar, siempre avisando al inquilino.
es como en una vivienda propia, siempre hay alguien de fuera de la casa que tiene llave por si ocurre algo cuando el propietario esta fuera.
Yo como casero me quedo una copia. Mi cerradura tiene 5 copias, a los inquilinos les doy 4 llaves y yo me quedo una. ¿Para qué quiero yo una copia? Por si acaso ¿Para qué quieren ellos 4? Yo desde luego no la pienso usar, pero si un día se largan y desaparecen puedo entrar a MI casa. Si están de vacaciones y ocurre un siniestro puedo entrar a la vivienda.
Un saludo.