Es bastante recurrente este tema en el foro, conviene recordar otra vez que en el momento actual no declarar la renta que se percibe de un piso es bastante temeridad porque la AEAT tiene todos los datos necesarios para detectar de inmediato esta circunstancias. Fundamentalmente el inquilino debe declarar en su IRPF la referencia catstarl del piso y su condición de arrendatario.
En mi blog, cuya lectura le recomiendo,
pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.