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tengo un contrato de alquiler de un año donde tengo 2 meses de fianza y le he avisado al dueño del piso que me quiero ir ya que me es mucho dinero y no puedo seguir pagando esa cantidad estoy al corriente de todo y dispuesta a pagar los gasto de consumos que se hayan generado este dia el propietario dice que no me entregara la fianza por incumplimiento de contrato y a parte me quiere hacer firmar un documento que dejo el piso por motivos personales y no quiere que ponga por no poder pagar ese dinero y es mas ha intentado retenerme en el piso sin dejarme ir y solo me quedan 2 meses para cumplir el año queria saber si el se puede quedar con mi fianza completa la mitad de ella gracias
Hola astrid:
coincido con las respuestas anteriores.
reciba un cordial saludo.
Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas conviene recordar el viejo brocardo, pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique, que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.
Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactadoo cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.
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Me parece que le sale mas a cuenta seguir esos dos meses que le faltan para finalizar el contrato, tiene que comunicar yá, fehacientemente al propietario su decisión de rescindir el contrato a su vencimiento y luego pedir la devolución de la fianza.
En caso contrario, perdera la fianza y tendrá nuevos gastos con la otra vivienda que encuentre, salvo que se vaya a vivir a casa de un familiar o amigo que la acoja.
El auxilio de un abogado, le resultará de gran ayuda, si carece de medios pida uno de oficio.