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gggggggggg

inquilino/a

Soy un propietario de un piso arrendado. ¿Puedo deducirme la compra de un lavajillas y una vitro como gasto de ese piso?

Gracias 

Saludos

  • Preguntado por: gggggggggg
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Domus ha sido el primero en contestar
  • Domus

    Domus

    casero/a

    En realidad lo correcto es deducir un 10 por ciento, cada año, del valor de todo el mobiliario que se pone a disposición del inquilino. Un gasto deducible íntegramente es, por ejemplo, la cuota de la comunidad de propietarios, el seguro de la vivienda, la realización de una obra de reparación...  

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
  • usuario eliminado

    Naturalmente, todos los gastos que tengas para que el pìso esté en condiciones, son menores ingresos de la renta inmobiliaria anual que percibas , y se detallan en la declaración de Renta como gastos de los alquileres.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 13 años
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