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El día 2 de mayo le comunicó al propietario del local mi intención de dejar éste por imposibilidad de seguir pagando, este me comenta que como tenía que avisar con quince días no procede, así que el día 1 de junio le llamo en varias ocasiones para comunicarle que el local está vacío y darle las llaves, hoy por fin hubo respuesta y me dice que no acepta las llaves porque le adeudo 500€, le hago saber que mi intención es pagarle pero este mes me es imposible puedo darle algo pero no todo el importe y no acepta, me dice que si no es así el próximo mes serán 1000€, ¿es eso legal? ¿qué puedo hacer al respecto? gracias
Hola pelotacha:
coincido con las respuestas de mis compañero Pedro y Pholmo.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Disiento de Crazyh, en un Juzgado es dificil que le admitan la consignación de las llaves y mientras tanto el alquiler sigue vigente y devengando meses.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
Consigna las llaves en un juzgado. De todas formas deberías acudir a un abogado para que, viendo el contrato, te asesore y escojas la mejor opción, y mandes un comunicado efectivo para la suspensión del pago y evitarte problemas ante una demanda por impago
Un experto deberia analizar el contenido del contrato para ver cuales son las posibilidades de resolucion anticipada y aconsejarle sobre la negociacion con el propietario.
Lo que hace el propietario en su caso es absolutamente legal, ya que el contrato esta en vigor y no tiene por que aceptarle las llaves y efectivamente las rentas se van a ir devengando conforme pasen los meses si Ud. no deja por escrito un acuerdo de resolucion.
Pedro Martinez
Abogado