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se puede poner un anexo,que diga que puedo vender el piso sin que ha ellos les afecte y como redactarlo?gracias
Respetando las indicaciones que le han dado,El único inconveniente que se puede encontrar es que el inquilino se puede negar a que vean el piso (¿quién compra algo sin verlo?)
solo por si no lo tiene claro, recuerde que el vender el piso no implica que los inquilinos se tengan que marchar ni nada parecido.
Pablo.
Hola Pedro:
No hace falta ningún anexo. La venta de la vivienda no extingue el contrato de arrendamiento y los arrendatarios tendrá derecho de tanteo o retracto sobre la misma.
le sugiero la lectura de los artículos 25 y 14, por este orden, de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994.
reciba un cordial saludo.