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toñi nuñez

inquilino/a

¿Puede un propietario acosar cn recibos y llamadas de rescisión de contrato? llevo en el piso 17 meses y no debo

cuando hyy un atraso de recibos o alquiler enseguida me acosa cn rescisión de contrato, ahora solo hay aviso de pago de un recibo de gas, todavia no me llego la carte de pago, y ya me dice k lo ha llevado al juzgado para reclamacion y llevo asi 17 meses y ya estoi cansada,y debo hacer denunciar x acosos y amenazas?

xk le da igual la hora k sea para mandar sms o llamar,acosando y amanazando cn restringir el contrato,el cual estoi loka xk finalice,k finaliza el 1 de diembre,es un contrato de 2 años de alquiler,,

  • Preguntado por: toñi nuñez
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Desde luego la mejor forma de no ser intimado al pago (ya sea mediante amenazas o mediante un requerimiento) es cumplir con las obligaciones que se asumen a la firma del contrato y no retrasarse en los pagos, pues un retraso es un incumplimiento que faculta al propietario a reclamar judicialmente.

    Pedro Martínez

    ABOGADO

    5001@icagr.es

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Es muy dificil distinguir entre amenazas delito  y anuncio de acciones judiciales, ejercicio del derecho. Si denuncia amenazas y el Juez consiedar ejercicio legítimo del derecho puede tener problemas posteriores.

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/  estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

     

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
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