Oscar de entrada pienso que le conviene leer
EL DECÁLOGO DEL CASERO , la ley no protege las situaciones que describe, si su inquilino no le paga el alquiler y si ha subarrendado está tardando en llevar al juzgado el desahucio, cuanto mas tarde mayor seré el "roto". Respecto a los daños la unica forma de entrar en ese domicilio es una orden judicial.
Pedro Hernández Olmo, abogado