Yasmine anto todo subrayar que lo que sigue a continuación es valido para una vivienda en España. Debe tener en cuenta que las agencias inmobiliarias normalmente se limitan a actuar de intermediarios, por lo qe su interlocutor ha de ser la propietaria y debe considerar que en los alquileres de vivienda el criterio acerca de la idoneidad de esa vivienda es distinto para el casero que para el inquilino; Vd. tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no lo es exigir esa habitabilidad o la rescisión del contrato, para lo cual necesitará, si el casero no está de acuerdo, cundir al juzgado con un dictamen pericial Le recomiendo que lea el DECALogo del inquilino en el enlace que le dejo. Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono:
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