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Hola a tod@s!!!! Me gustaría saber, la legalidad sobre el Presidente de mi Comunidad, que heredó un piso de su madre, pero su padre es " el usufructuario". Él hizo la jugada de empadronarse aquí para hacerse Presidente y una vez nombrado Presidente, cambió su empadronamiento a otro municipio dónde tiene una casa unifamiliar y que declara como primera residencia para ahorrarse impuestos. ¿Es legal qué él pueda ejercer de Presidente, sin estar empadronado en dicha vivienda? Por que lo qué es interesarse por el cuidado de esta escalera es como una utopía.
Muchísimas gracias de antemano a tod@s!! Saludos! ;)
Yo añadiría a las acertadas respuestas que interesarse por el cuidado de esta escalera no es un ade las funciones que la ley de propiedad horizontal aigna al Presidente de una Comunidad.
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el donde esté empodronado no tiene nada que ver, además para ser presidente no es necesario vivir en la finca (piensa en los apartamentos de verano, en muchas ocasiones un apartamento en Gandia, Valencia de playa, el presidente es una persona de Madrid).
Para ser presidente lo que hay que ser es propietario.
"toca" ser presidente simplemente por ser propietario. No importa dónde esté uno empadronado.
Si no... jeje sería super fácil escaquearse de ser presidente