Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Mi pregunta es la de arriba, gracias
Esto dice el convenio de la Comunidad de Madrid.
Como verás, no sólo no es obligatorio - debe pactarse - sino que debe remunerarse adicionalmente.
Cuando el empleado de finca urbana tuviera a su cargo trabajos especiales, tales como la retirada de las bolsas de basuras de las viviendas y locales particulares, el cuidado y limpieza de los jardines anejos a la finca urbana en que preste servicios, o del garaje particular de la misma o cualquier otro servicio análogo, percibirá, como complemento de puesto de trabajo, una cantidad en la cuantía que se pacte con la propiedad y que se fijará en razón de la clase y extensión de tales servicios que no deben ser inferiores a las siguientes cantidades:
-RETIRADA DE BASURAS
Por la retirada de la basura de las puertas de las viviendas, oficinas o locales que den acceso a la escalera o portal 4,15 euros en al año 2010, por propietario y mes.
Fuente: http://www.admifin.es/actualizacion-convenio-laboral-2010
Saludos - Papeleos Alquiler