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natichu

casero/a

Si pongo en alquiler una vivienda que tengo vacía, ¿qué puedo deducirme en mi declaración de irpf?

Entiendo que la renta es un rendimiento de capital inmobiliario para mi pero puede estar exento de declararse parte o la totalidad? o hay que ponerlo y luego desgravarlo a su vez en algun otro apartado del impuesto junto con otros gastos como suministros y comunidad...? qué me grava y que desgrava.

  • Preguntado por: natichu
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
Domus ha sido el primero en contestar
  • Domus

    Domus

    casero/a

    Con carácter general, las rentas obtenidas por alquiler de vivienda se imputan solo en un 50%, y si el inquilino tiene menos de 35 años y tiene determinados ingresos (infórmese en la AEAT), no se computa ningún igreso. Por tanto, la deducción de los gastos de comunidad, seguros, intereses abonados para adquirir la vivienda y otros gastos, se aplicaría solamente al primer supuesto, no al segundo puesto que nada se computa.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 14 años
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