¿Puede ir el seguro de hogar contra el inquilino, para reclamar los daños por incendio?
Tengo la casa arrendada y se ha provocado un incendio en una habitación, menos mal que tengo seguro y me indemnizan, pero ahora quieren demandar a mi inquilino esta cantidad, ¿pueden hacerlo?
Preguntado por:
bgl
Hace 16 años
Categoría: Caseros
Respuestas (3)
Belit ha sido el primero en contestar Karlangas ha sido elegida Mejor Respuesta
Karlangas
inquilino/a
Karlangas a bgl:
En las dos primeras contestaciones precedentes está implícito que la respuesta, a su pregunta, es afirmativa.
Pero en las dos, se habla de lo que pasará después, de lo que se le exigirá a la Aseguradora para poder llegar a cobrar el importe de su reclamación al inquilino y de las posibilidades del inquilino para defenderse.
Por eso le confirmo, de forma explicita, que su aseguradora, puede ir, y seguramente irá, contra su inquilino. Otra cosa es que consiga o no ganar contra él. Es lo que, el mundillo del seguro, conoce como "repetir". Lo de "repetir" se deriva del hecho de que, en el mismo instante, en que la Aseguradora de bgl, ha visto que ha de pagarle a bgl, la Aseguradora ha empezado a buscar a alguien, contra quien "repetir", para intentar recuperar, de ese alguien, lo que haya de pagarle a bgl. En este caso ese "alguien" es el inquilino de bgl.
Por lo que nos cuenta bgl, él ha estado en todo momento correctamente asegurado, la demostración es que él, va a cobrar.
Respecto al segundo párrafo de la contestación de Belit, no creo en la posibilidad de que bgl, ni dormido, haya cubierto en ningún pacto del contrato, a su inquilino y que después de hacerlo, bgl no se haya cubierto a su vez, ante la aseguradora, esa cobertura que él hubiese concedido a su arrendatario.
Está claro que en la póliza, no existe esa cobertura de bgl a su inquilino, ya que de ser así, dado que obviamente, la aseguradora, que es conocedora de la póliza que emitió, no estaría repitiendo contra el inquilino.
Recomiendo: cuidadín, cuidadín con las coberturas del seguro del arrendador, de cara al arrendatario.
En tan importante tema como es el de los seguros, de una correcta comunicación, entre las partes contratantes, se derivará que lo que se haga sea, correcto y completo para ambas partes, según el nivel de riesgo que cada parte quiera asegurar.
Quiero matizar a Belit, que también pueden reclamar incluso judicialmente con base exclusiva en el perito designado por la Compañía, ello obligará al inquilino a buscar otro perito a su cargo que dictamine lo contrario.
Pueden, siempre y cuando la investigación oficial y contrastada (no de un simple perito privado a sueldo de dicha aseguradora) demuestre que el incendio se causó de forma negligente o culposa por parte del inquilino.
Además, hay que atenerse a las condiciones de tu contrato: ¿cubre que una tercera persona que viva en el piso sea quien ocasione el incendio?
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