¿Puedo aumentar el alquiler si entra un tercer inquilino a vivir en el piso?
Soy arrendador de un piso alquilado a dos personas que firmaron. Ahora quieren que una tercera persona entre también. ¿Podría yo incrementarles el precio del alquiler?
Preguntado por:
pedro3
Hace 16 años
Categoría: Caseros
Respuestas (1)
Juan ha sido el primero en contestar Juan ha sido elegida Mejor Respuesta
Juan
profesional
La renta en un contrato de arrendamiento de vivienda no puede ser modificada más que anualmente y en el porcentaje que señale el IPC. Si los arrendatarios, autorizados por el arrendador, conciertan un nuevo contrato con un tercero, será un contrato de subarriendo, distinto del anterior y limitado en su duración y en su renta por el contrato previo de arrendamiento, ya que no puede durar más tiempo que aquél ni permitir ganancias de los arrendatarios-subarrendadores, pero el contrato de arrendamiento original mantendrá su renta como si no hubiera habido subarriendo.
Si a los arrendatarios interesa la ampliación hasta el punto de aceptar una subida de renta, la única solución es sustituir el anterior contrato por otro con tres arrendatarios en lugar de dos, es decir, un nuevo contrato.
Todo lo dicho hasta aquí parte del supuesto de que la tercera persona va a pagar su parte de renta. En caso contrario hay tantas dudas que no es posible asegurar nada, no solo por la falta de datos en la pregunta sino por la disparidad de criterios al interpretar la ley.
Como aproximación puedo decir que no hay discusión cuando la tercera persona es pareja o familiar dependiente de algún arrendatario, porque en esos casos podría entrar a vivir sin que eso afecte en nada al arrendador. Cuanto más se aleje de esos supuestos, más cerca estaríamos de la presunción de subarriendo.
En mi opinión el subarrendamiento exige precio. Si no lo hay, el derecho del arrendatario a albergar en su casa a quien quiera no tiene más límites que los exigibles al mismo arrendatario, pero reconozco que esa libertad no puede ser categórica, porque sería fácil escapar de las prohibiciones legales con solo negar que haya precio. Por tanto, estamos en el terreno de la presunción. Si de los hechos se desprende como conclusión lógica que hay precio, entonces hay subarriendo y en consecuencia es necesario el consentimiento del arrendador que, si quiere sacar provecho económico, tendrá que forzar un nuevo contrato.
Política de cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para fines analíticos y para mostrarte publicidad personalizada en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas).
Clica aquí para más información.
Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón 'Aceptar' o configurarlas o rechazar su uso pulsando el botón 'Configurar'.
Hemos detectado que tu idioma es el Español. ¿Deseas ver Enalquiler en este idioma? Ir a Enalquiler en EspañolWe have detected that your language is English. Do you wish see Enalquiler in this language? See Enalquiler in EnglishAbbiamo constatato che la tua lingua è l'Italiano. Vuoi vedere Enalquiler in questa lingua? Vai a Enalquiler in ItalianoWir haben bemerkt, dass Ihre Sprache Deutsch ist. Wollen Sie Enalquiler in dieser Sprache zu sehen? Besuchen Sie Enalquiler auf DeutschNous avons détecté que votre langue est le Français. Est-ce que vous voulez afficher Enalquiler dans cette langue? Afficher Enalquiler en FrançaisDetectamos que seu idioma é o Português. Quer ver Enalquiler nesta língua? Ir para Enalquiler em Português