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josemi

casero/a

Es mi primera intervención, y quiero que me aconsejéis, ¿siempre se debe hacer contrato? aunque sea alguien de confianza?
Qué beneficios y perjuicios tengo si no realizamos contrato entre el inquilino y yo?
  • Preguntado por: josemi
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
Carmen28 ha sido el primero en contestar
  • BUFETPRIETO SLP

    BUFETPRIETO SLP

    profesional

    La forma del contrato no es obligada, y puede existir contrato de alquiler aun de forma verbal.

    No obstante ello, le recomiendo que realice contrato escrito, pues en el mismo constarán todas y cada una de las condiciones del alquiler, y será su mejor medio de prueba (piense que existen muchas cosas a tener en cuenta, desde el importe de la renta, al sistema de actualización de la misma, o el desestimiento del contrato, el el pago de comunidad, etc.)

    Piense además que si es de vivienda estará obligado a prorrogarlo hasta 5 años, y en ese tiempo pueden pasar muchas cosas, incluso que la confianza se vuelva excesiva o desaparezca.

    Consulte con un abogado expreto y realice el contrato, le ahorrará problemas.

    BufetPrieto SLP
    E-mail:jprieto@bufetprieto.com
    Tfno: 938704558
    Web: http://www.bufetprieto.com
  • Muelles

    casero/a

    Aunque no realicéis contrato escrito, se está celebrando un contrato verbal, que tiene la misma validez legal que el anterior. El problema de este último es la dificultad de probar el contenido exacto de los acuerdos pactados, lo que podría traerle problemas en el futuro.

    En mi opinión debería celebrar un contrato escrito con la otra parte, negociándo las clausulas de mutuo acuerdo, ya que en nada le puede perjudicar y sin embargo le puede ser de mucha ayuda en caso de conflicto.
    • Respondido por: Muelles
    • Hace 15 años
  • Carmen28

    casero/a

    Por qué no te haces la pregunta al revés. Si es alguien de confianza... ¿En qué te perjudica el hacer un contrato de alquiler?.

    Mira, si haces un contrato tienes dos opciones, una es hacer un contrato provisional, diciendo que lo pasaréis a modelo oficial, a petición de cualquiera de las partes, (con lo que tienes un documento válido legalmente), con todas las claúsulas que le quieras poner; y no es necesario que lo lleves a ninguna parte.

    La segunda opción es hacer el mismo contrato y depositar la fianza del mismo, en el organismo de tu comunidad que se encargue de ello.

    De cara a Hacienda es lo mismo, ya que si tienes un inmueble a tu nombre debes declararlo, ya sea como imputación de rentas, ya sea como alquilado. Además, si tu inquilino se desgrava por el alquiler y tú no lo declaras, te van a pillar igualmente.

    Así que todo por escrito, y cuanto más claro mejor.
    • Respondido por: Carmen28
    • Hace 15 años
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