La forma del contrato no es obligada, y puede existir contrato de alquiler aun de forma verbal.
No obstante ello, le recomiendo que realice contrato escrito, pues en el mismo constarán todas y cada una de las condiciones del alquiler, y será su mejor medio de prueba (piense que existen muchas cosas a tener en cuenta, desde el importe de la renta, al sistema de actualización de la misma, o el desestimiento del contrato, el el pago de comunidad, etc.)
Piense además que si es de vivienda estará obligado a prorrogarlo hasta 5 años, y en ese tiempo pueden pasar muchas cosas, incluso que la confianza se vuelva excesiva o desaparezca.
Consulte con un abogado expreto y realice el contrato, le ahorrará problemas.
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