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Dos de los propietarios están de acuerdo en alquilar y el tercero no quiere por que vive en la comunidad y no quiere tener a gente extraña por la comunidad, además que lo que quiere es quedarse el piso a un precio ridículo
Buenas noches,
En principio, un arrendamiento de vivienda a un plazo "normal", esto es a un año prorrogable hasta los 3 años se consideraría un acto de administración, por lo que sería suficiente contar con la mayoría de la propiedad del piso.
Por otro lado, si lo que quiere es adquirir el piso en proindivisión, lo mejor que podéis hacer es acudir a un tasador para que os calcule el valor de mercado y ofrecérselo a ese precio. Es mucho mejor disolver la comunidad que empezar con disputas.