Tengo un piso de proteccion oficial promoción pública hace 26 años.
Lo tengo pagado pero falta 4 años para desafectarlo. Por motivos laborales, soy funcionaria y tengo plaza en otra localidad, hace 4 años que no puedo vivir él como primera vivienda.
Ahora me ha salido la oportunidad de alquilarlo, no quiero perderlo, pero no puedo hacerme cargo de los gastos comunitarios y de mantenimiento.
¿cómo debo proceder, según la ley no puedo alquilarlo y no quiero perderlo?
Generalmente el propietario en determinadas circunstancias puede arrendar la vivienda a arrendatarios que cumplan determinados requisitos. Debe ser autorizado por el organismo competente en vivienda de su comunidad autónoma, que tiene transferidas todas las competencias legislativas y ejecutivas en materia de vivienda.
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