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En OCtubre del 2011 mi padre fallecio, me quedado con un piso que esta alquilado. Mi madre era usufructuria hasta que murio también en febrero del 2012.
EL piso esta alquilado desde el 1 de enero del 2010, y firmado por 5 años, con un contrato de arrendamiento de estos de "estanco" sin clausulas.
Además no se si se despositó la fianza correspondiente en la firma de contrato al INCASOL. Si llamo al incasol para preguntar si existe fianza y no la hay, ¿me pueden reclamar cargos e intereses? o ¿Puedo depositar la fianza sin cargos?
He mirado la posibilidad de que el inquilino firmara una renuncia y hacer nuevo contrato a mi nombre, pero como es menor de 35 años no me interesa porque tengo la reduccion del 100% en la declaración de hacienda. Por cierto se firmo un docuemnto por ambas parte conforme se hacia una surogación a mi nombre.
Que me recomandais hacer? O que me saldria más a cuenta?
1.- Si en su momento no se depositó la fianza ahora pueden sancionar por cumplimiento tardío.
2.- Le conviene leer esto. Me parece que no tiene las ideas claras sobre la reduccion fiscal en los arrendamientos urbanos.
3.- Como heredero ha hecho lo que tenía que hacer subrogarse en el contrato, no necesita firmar nuevo contarto.
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