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Begoña81

inquilino/a

Piso de alquiler: No puedo dar de alta el gas por errores en la instalación

Buenos días,


Alquilé un piso, el cual tenía que dar yo de alta el gas. Vino el Sr del Gas y no lo pudo hacer por errores en la instalación.


Vinieron los lampistas de la inmobiliaria y lo "arreglaron". Sin permiso de la compañía me pusieron gas durante dos días.

La segunda cita con el Sr. de la compañía detectó una fuga y sigo sin gas.


¿Qué puedo hacer? Estoy pidiendo días de vacaciones en el trabajo para que lo arreglen y pueda estar en las revisiones del gas. Llevo días duchándome en casa de una amiga  o calentando el agua en el microondas, no puedo cocinar, ya que la cocina es de gas.


Me parece increible, pagué por avanzado 2 meses de fianza (incasol), mes por avanzado de alquiler y el 10% de una anualidad para la inmobiliaria a fondo perdido (comisión) y me encuentro en un piso donde no puedo disfrutar de los servicios mínimos.


En cuanto al cable de antena, me comento el Sr. de la compañía de telefonía que estaba sin poner en el piso. Tiemblo, a ver que más hay...


El de la inmobiliaria me trata de niña pequeña y quejica (que él se ducha con agua fría y que no tengo 15 años). Me parece muy fuerte.


Por favor, si alguien me puede informar que puedo hacer legalmente se lo agradecería.


Mucha gracias

  • Preguntado por: Begoña81
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Begoña81

    inquilino/a

    Muchas gracias por la respuesta.

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Pues lo primero que tiene que hacer es leer atentamente el contrato y a continuación exigir su cumplimiento. A lo peor tiene firmada una clausula en la que afirma haber examinado el piso y encontrarlo de su conformidad.

    Si la avería que impide la instalación del gas es grave deberá determinarlo un técnico y emitir su informe pues ya ve que en estas cuestiones el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial de arquitecto y puede intentar  obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.

     

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
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