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¡hola!
Reviso el contrato y si que consta en el ¿que puedo hacer?
Hola Rosa:
Deberá pagarlo cuando su arrendadora le envíe copia del recibo.
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
Darkon siento decirlo pero lo veo muy perdido en estos temas, el IBI, impuesto municipal anual, nada tiene que ver con el IVA impuesto estatal que se devenga en cada factura.
Le sugiero la lectura de mi blog y en concreto el DECALOGO DEL INQUILINO
O. K Oscar, supongo que he liado algo el tema porque los locales no tienen nada que ver con las viviendas.
mis disculpas.
Supones mal Darkon, en un contrato de arrendamiento, si pone que el ibi lo paga el arrendatario, lo normal, es que lo paga una vez al año, cuando se emita el recibo, y el arrendador se lo entregue, hacerlo de cualquier otro modo, tiene que estar pactado en el contrato y lo normal, es que solo ponga quien lo tiene que pagar.
Buenas tardes Oscar.
En la mensualidad que pago cada mes viene el ibi incluido, y solo me han cobrado la diferencia desde su subida unos 20 euros más o menos desde mediados del año pasado, y los pagué solo desde la subida.
Si en el contrato viene que paga el ibi lo entiendo, pero supongo que va incluido en la mensualidad, dentro del iva que tiene que declarar el Arrendador.
Un saludo
Otra cosa es que te esté reclamando el total de ibi, que ya lo estás pagando y no la diferencia.
El ibi lo tiene que declarar el arrendador en Hacienda, por lo que si sube te cobra la difenecia. Si te viene en el contrato que lo estás pagandolo solo te puede cobrar la diferencia,y desde que le vino la subida. Si no se entera habla con él directamente y se lo explicas con el contrato.
La ley dice que el ibi, lo pagará el arrendador a no ser que se pacte de diferente forma en el contrato, por lo tanto si lo firmaste, debes pagarlo.
Darkon no entiendo muy bien tu respuesta.
Buenas tardes,
tengo un local alquilado, cada més pago mi mensualidad. Cuando subió el ibi, me subió la mensualidad un poco y Ojo empecé a pagar la diferencia desde que subió el ibi, pero nada de el año o cosas así.
normalmente la dif del ibi la paga el inquilino.