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JUANJITO

casero/a

Tengo el piso alquilado, en el cual las inquilinas han roto cortinas y otro enseres. No quieren hacerse cargo.

Cuáles son los pasos a seguir para cobrarles los destrozos que han ocasionado.

  • Preguntado por: JUANJITO
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (19)
Mari Lolis ha sido el primero en contestar
Alfonso Moyano ha sido elegida Mejor Respuesta
  • mejuto

    inquilino/a

     

    Bueno, pues que sepa que es un contrato de 5 años y que usted no puede resolverlo hasta que no finalice el contrato y menos entrar al piso, incluso si le invitan, porqué ellas podrían denunciarle. Usted legalmente no sabe en que situación está el piso, tampoco creo que por unas cortinas valga la pena que se meta en jardines, lo más probable es que sus inquilinas no sepan de leyes y se vayan transcurridos los 5 meses así que casi dese por ganador, se queda la fianza y en paz, usted se hace cargo de los desperfectos que no puede documentar quien lo hizo, piense que si le da por denunciar y ven ese contrato el que puede tener problemas es usted. Que se vayan, lo arregla un poco y lo vuelve alquilar cuanto antes y le sube 50€ para recuperar lo que tenga que invertir en concepto de cortinas y demás y se olvida de problemas tediosos y costosos.

     

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Preséntate con un periódico del día y una cámara fotográfica. Aunque no tengas pruebas de que lo entregaste bien, eso se presupone. (Serían ellas quienes tendrían que probar que NO FUE ASÍ)

     

    Haz un reportaje de fotos - de las cosas dañadas - y si se niegan a abonarte las reparaciones, tendrás que demandar lo que te cuesten  (como prueba las facturas - no vale que lo arregles tú) en el juzgado.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • JUANJITO

    casero/a

    A ver que a mi lo de los cinco años...pues que me daria igual que se quedaran, pagando todos los meses a mi me da igual que este estos inquilinos u otros el tiempo que tengan que estar, mi preocupacion es cuando llege al piso me encuentre la sorpresa no esta ni mucho menos en las mismas condiciones en que lo dejaron.

    La fianza en el contrato  se puso  como pago del ultimo mes, se que eso no se puede hacer, tal y como he leido y que en su momento no penso. Y no se como podre cobrarles si hubiera algun arreglo que hacer.

    No se si tengo derecho a reclamar el pago del mes en el que se paga con la fianza para que esta se quede como aval o como refleje en el contrato solo queda como pago y me quedo sin fianza.

    En el contrato se refleja que la vivenda tras examen exahustivo del piso y enseres declaran recibir todo en perfecto estado. Pero no tengo fotos de tal y como estaban las cosas en ese momento.

    Por lo tanto si a la hora de recoger las llaves se negaran a reconocer los desperfectos que hayan ¿ que he de hacer ? ESTA ES MI DUDA.

     El contrato se hizo de cinco meses porque era para estudiantes. Que de hecho en estos dias me he enterado de que hay un tipo de contrato especifico para estas situaciones.

    • Respondido por: JUANJITO
    • Hace 14 años
  • mejuto

    inquilino/a

     

    Con perdón su duda no se sostiene si me baso en sus propias explicaciones. 5 meses de contrato no prorrogable que significa? que no es vivienda habitual y es un contrato temporal o que es un contrato normal en el que usted especifica el tiempo?. Es que si es la segunda opción el contrato es por 5 años y usted no puede hacer nada LEGAL para resolverlo unilateralmente. Ahora bien, si es un contrato LEGAL temporal no como vivienda habitual entonces imagino habrá pedido una fianza y garantías que le cubran los posibles desperfectos que dejen sus inquilinas, lógicamente usted tiene que documentar las cosas que alega han roto ellas y posteriormente deducirles la cantidad de los arreglos que haya hecho de la fianza, si le resulta más costoso el arreglo que la cantidad de la fianza lo reclama vía judicial con todos los documentos que acrediten que los daños causados son culpa de sus inquilinas, sin pruebas usted lamentablemente no tiene nada. El día de la entrega de llaves usted especifica que cosas pretende cobrar de la fianza y ponerlo en el documento de cese de contrato y han de firmarlo ellas.

     

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
  • JUANJITO

    casero/a

    Creo que no me he expresado bien desde el principio.

    El contrato se les acaba el 31 Julio  y es de una duracion de 5 meses desde febrero y no prorogable a mas tiempo, asi esta reflejado en el contrato, lo de entrar o no entrar en la vivienda no me preocupa pues fue con pidiendo permiso con su consentimiento y acompañado  en todo momento por ellas como ya he dicho anteriormente.

    Yo no quiero echar a nadie por haber roto algo, sino que se hagan cargo de esto, cosa que no quieren hacelo, de hecho le di parra reponerlo hara la fecha de fin de contrato, y lo unico que hacen es escaquerse del tema y poner trabas. El piso lo recupera en Agosto  y lo que me preocupa es que no este tal y como se lo deje. y de hay que quiera saber que tengo que hacer si cuando entre que sera a la entrega de las llaves y no esta en condicienes que debo de hacer...si llamar a la policia o a quien para que haya costancia de la situacion del piso en ese momento en el que estaran presentes.

    Esta es mi duda

    • Respondido por: JUANJITO
    • Hace 14 años
  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    aisss JUANJITO que no has leído lo que querías leer...yo puedo estar chamuscadita pero tu eres un entrometido que se mete en la casa de los demás, porque te guste o no, en el momento en que la alquilas esa casa es suya y tu no tienes derecho ni a meter las narices ni a tener llaves. Y por supuesto a vivir ahí 5 años, si ellos quieren,  te guste o no....que intuyo que el dinero que te dan todos los meses te encanta.

  • mejuto

    inquilino/a

     

    No es cuestión de chamuscados pero hay cabos sueltos en este tema. No obstante, entrar en un piso incluso con consentimiento se puede interpretar de distintas formas, no seré yo quien lo juzgue púes no soy juez pero tampoco estoy de acuerdo con alfonso. No creo que pueda resolver el contrato por destrozos realizados en el interior de la vivienda, lo que si podrá es que si puede demostrar dichos destrozos reclamarlos judicialmente posteriormente que se haya resuelto el contrato.

     

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
  • JUANJITO

    casero/a

    Te noto algo chamuscadita Mari Lolis...pero fastidia igual a una parte como a otra...hay a quienes se merecen el cielo porque son bellisismas pesonas y cuidan lo que no es suyo como si lo fuere...pero hay más que fastidian lo de los demas porque como no es suyo no les importa donde esten o como lo dejen....

    Asi de cruda es la cosa y los patos siempre a pagarlos los mismos

    • Respondido por: JUANJITO
    • Hace 14 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Juanjito:

     

    Si la cláusula que usted cita consta literalmente así en el contrato la misma es, como ya le han indicado, nula de pleno derecho. Sin embargo, si la cláusula tiene en realidad el contenido del artículo 21.3 será perfectamente válida.

     

    Si se adjuntó al contrato un anexo con un inventario no tendrá usted problema alguno en poder reclamar los destrozos o la falta de enseres una vez finalizado el contrato de arrendamiento.

     

    Reciba un cordial saludo 

                         

    Despacho Armando García Fernández.

     

    http://letradosalquileres.es.tl

     

    Email: letradoalquileres@hotmail.com

     

    Email2: armandogarcia@ical.es

     

     

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    se acaba el contrato en julio? seguro? son 5 años? en caso de ser ya 5 años, les has avisado con el tiempo que estipula la ley de que no les vas a renovar?

    porque si no son 5 años, no termina el contrato en este julio.

  • Alfonso Moyano

    Alfonso Moyano

    profesional

    Bueno no prodá resolver el contrato alegando destrozos porqué en principio la propiedad no tienen ningún derecho de estar allí y no puede basarse en lo que ha visto para resolver el contrato unilateralmente, justamente porqué es ilegal que esté dentro de ese piso, que no es suyo, sino de sus inquilinas.

     

    Se equivoca usted de medio a medio, la propiedad no tiene derecho a exigir la entrada en un piso alquilado, pero puede entrar si tiene permiso de los inquilinos; y en este caso es una visita, no estaría de forma ilegal en la vivienda ni se le puede imputar allanamiento. Y obviamente, si hay daños por vandalismo generalizados, la LAU prevé la resolución anticipada del contrato. De ahí a resolver unilateralmente hay un abismo, y no es lo que dije en el mensaje previo.

     

    Para ello necesitará obviamente de abogado, pues se trata de un desahucio anticipado. En este proceso el juez, si tiene dudas, nombrará a un perito judicial que acudirá a la vivienda y al que el inquilino tiene la obligación de dejar pasar, sea o no su vivienda; y que dictaminará si realmente hay daños por vandalismo y su importe.

     

    Saludos cordiales.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Echa un vistazo al modelo "fin de contrato y devolución de llaves" de esta página.

    http://sites.google.com/site/papeleosalquiler/

  • JUANJITO

    casero/a

    Por supuesto que las visita que ser realizo al al vivienda fue con previo aviso   y acompañados por estas  y por el momento los daños que vi no creo que me puedan servir para rescindir el contrato antes de tiempo ( Se acaba en este mes de Julio).

    Como debo hacer para que haya constancia, si en la fecha de salida de la vivienda, han dejado sin reparar los daños y la vivienda tal y como se les dejo.

    Los gastos de agua y luz ocasionados en el ultimo mes como puedo asegurar que los pagaran, estos se pueden cargar a la fianza en caso de que los pagaran cuando se les reclame. Y  ¿ cuanto tiempo puedo retener la fianza ? 

    • Respondido por: JUANJITO
    • Hace 14 años
  • mejuto

    inquilino/a

    Bueno no pordá resolver el contrato alegando destrozos porqué en principio la propiedad no tienen ningún derecho de estar allí y no puede basarse en lo que ha visto para resolver el contrato unilateralmente, justamente porqué es ilegal que esté dentro de ese piso, que no es suyo, sino de sus inquilinas.

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
  • Alfonso Moyano

    Alfonso Moyano

    profesional

    Matizando las correctas respuestas que ya ha recibido, no puede usted entrar en la vivienda que arrienda, salvo que reciba permiso para ello por parte del inquilino.

     

    Lo que no puede usted es exigir dicho acceso, siendo la cláusula que figura en el contrato de nulo derecho como ya le han comentado.

     

    Respecto a los daños a cortinas y enseres, lo mejor es esperar al vencimiento del contrato para entonces descontar de la fianza los daños que hayan podido ocasionar a la vivienda y su contenido.

     

    Si en las visitas que ha realizado, que entiendo con el permiso de las inquilinas, estos daños son muy importantes, y no los asumen, usted de acuerdo con la LAU, artículo 27 d), podrá promover la resolución anticipada del contrato.

     

    Saludos cordiales.

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