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Cuando me dicen que se trata de una pequeña reparación ¿a qué se refieren?
La aplicación de la norma siempre es algo complicado, no por falta de claridad de la norma, sino porque la realidad casi siempre la supera, como pasa con la ficción. Sorprende ver la variedad de supuestos que han sido resueltos por los Tribunales (gracias, por cierto, a las valiosísimas aportaciones de PHOLMO).
Coincido con Amparo en dar periodos de carencia largos. Yo, como casero, ante la duda asumo esas reparaciones que sospecho puedan deberse a desgaste de anteriores inquilinos
lo de las pequeñas reparaciones esta muy poco claro en la ley, como muchas otras cosas
Domus, si una cisterna gotea (pequeña reparación "de libro") será por el uso, del inquilino actual, y, probablemente, de varios inquilinos anteriores..
Casi cualquier pequeña reparación de uso ordinario, corresponderá al uso de varios inquilinos..
La ley solo dice pequeñas reparaciones producidas por el uso ordinario...
Hacer más averiguaciones me parece muy muy complicado, aunque yo doy siempre 60 días de carencia al entrar en la vivienda para que comprueben que todo funciona bien.
Saludos - Papeleos Alquiler
Otro criterio, además de la cantidad, es el de si la averìa responde al uso habitual que el propio inquilino le ha dado, y para eso es imprescindible el criterio de un técnico. Así, el inquilino no debe asumir los desgastes que se deben a alquileres prolongados que no le corresponden a él, sino a otros anteriores.
Le sugiero lea esto: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2010/09/las-pequenas-reparaciones-cargo-del.html