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Buenas tardes.
Mis padres viven desde hace 80 años en un piso de alquiler. Debido a su avanzada edad creemos oportuno quitar la bañera y poner un plato de ducha y demás accesorios para su comodidad y para evitar posibles caidas...¿Necesito avisar al administrador?.¿Necesito algún tipo de permiso para acometer la obra?
Muchas gracias.
Pero independientemente de comunicarlo, tal como te dije en mi anterior respuesta, necesitas tener por escrito la autorización y por consiguiente no hagas obras hasta tener el documento firmado por el propietario aceptando la reforma.
Buenos tardes.
lo primero agradeceros a todos vuestras respuestas.
la bañera no es la de origen. El piso se ha ido actualizando a lo largo de los años.
extraigo de vuestras respuestas que lo más prudente es comunicarlo al administrador y a la propiedad.
pues nada, así lo haremos.
muchas gracias a todos.
Estoy con Javier, si además dice que ya ha tenido algún problema, yo no aconsejaría ni mover un azulejo sin previo permiso escrito no del administrador sino de la propiedad, sus padres se están jugando la vivienda.
en mi blog http://bit.ly/1dOo2ah puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd. , puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
Con esa antiguedad y con ese administrador,yo no aconsejo tocar ni modificar nada y menos anular una bañera que no es tuya
RicardoQ: por los datos que da el contrato es del año 1989. Por lo tanto, en materia de obras de conservación debemos aplicar lo dispuesto en la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964. En ese sentido le contesto lo siguiente:
1.- Con los datos que da considero que esa obra sobre la que nos consulta ni modifica la configuración de la vivienda ni desde luego debilita la edificación. Por lo tanto no haría falta que pidiese consentimiento al propietario/administrador.
2.- Pero de todas formas, si quiere pisar sobre seguro y teniendo en cuenta que como dice han tenido un par de problemas con el administrador, lo más recomendable es que solicite permiso al propietario/administrador para hacer esas obras, y si no se lo concede solicitar autorización judicial para realizarlas según lo dispuesto en el art. 114.7 LAU 64. En este último caso no tendrá más remedio que acudir a un abogado.
No puedo decir con exactitud que antiguedad tiene el contrato. No lo recuerda. El primer contrato lo firmó su madre antes de la guerra.Por lo que me comenta, llegó a un acuerdo con el antiguo administrador e hizo un contrato nuevo hace unos 25 años aproximadamente. Disculpadme,desconocia estos datos. Mi interes es saber la manera correcta de proceder sin que les genere ningún problema con la propiedad o que el administrador les toque las narices con cualquier tonteria. Para lo que es el piso pagan un alquiler bajo (550 aprox). Y ya han tenido un par de problemas serios por culpa del administrador.
Muchas gracias.
RicardoQ: ¿Podría indicarnos de qué fecha es ese contrato de alquiler?
Más que pedir permiso, lo que tienes que hacer es anunciar esa obra al administrador, pq al ser para personas mayores de 70 años están obligados a aceptarlas.
A menos que, al ser de renta antigua, haya algo que indique lo contrario, que es lo que desconozco.
Pide al administrador o propietario del piso que te de por escrito la autorización de las reformas que pretendas hacer en la vivienda.