Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
He ido hoy a por mi fianza, y además de cobrarme 81 € en concepto de limpieza, (cosa que le deje el piso limpio a fondo, más de cuando yo lo cogi) que me ha descontado de la fianza, le he pedido un papel como fin de contrato y no me lo ha hecho, dice que como ya está alquilado que no debe hacerlo, ¿es correcto esto?
Queria poner "nos iba" no "noa iba". Fallo de dedo, que se me ha "vomido"
"Noa" iba?
si que eres viejo, Pedro. Tenía razón el otro dia la Sra. Amparo al llamarte Sr. Granada xd
En la epoca romana los unicos que conocían las leyes eran los abogados y no había tantas.
No deberían. En la época romana, por menos os cortarían la toga :P
Gracias por la aclaracion Pholmo.
O como dicen por aqui los jueces: "dame los hechos que yo te daré el derecho"
crazyh, no seas tan duro que hasta en los juzgados nos permiten estos deslices. ;-)
pedro Martinez
Abogado
crazyh: Un "baile" en una cita legislativa lo suele corregir el Tribunal, en aplicación del principio iura novit curia, en algunos casos haciendo constar en la sentencia ese error, transcribiéndolo seguido de un sic.
Rellene una hoja de reclamaciones en la misma inmobiliaria. Sería bueno tener alguna prueba de que le han intentado cobrar un servicio de limpieza sin factura y sin nada.
Cada dia me gustan menos las inmobiliarias.
Pedro Granada, por bailes así es por lo que se pierden juicios, a ver si te voy a tener que dar clases tb a ti xDDDD ;)
Por si no queda claro mi piso fue por inmobiliaria, con factura a dicha inmobiliaria por sus servicios de inmediador y todo eso. El que me ha descontado el dinero y no me da el papel es el jefe de la inmobiliaria, no tengo muy claro que el dueño sepa como van las cosas.
Por cierto voy a poner una queja en consumo.
Varios puntos a comentar.
- el piso estaba mucho, mucho mucho más limpio de cuando entré yo, así que no puede decirme que estaba sucio, y en el caso de el encontrarlo sucio no debería llamarme o decirme algo para ir a ver si es así?
- yo no he visto factura de limpieza, lo dice él (jefe inmobiliria). Cosa que es un piso de 80 m2 y dice que le costo limpiar 9 horas a 9 &Euro;/Hora. Pues eso.
- Voy a mandar un e mail para pedir el papel y que quede constacia que que se lo solicito (papel, pq solo le dije que lo podría denunciar enseguida me ingreso el dinero, el papel no me lo dio)
- Qué pasaría si localizara al verdadero dueño para comentar si está de acurdo con todo lo que ha pasado? Que os parece?
Crazyh, evidentemente no. Un baile mental de números....
Artículo 1561.
El arrendatario debe devolver la finca, al concluir el arriendo, tal como la recibió, salvo lo que hubiese perecido o se hubiese menoscabado por el tiempo o por causa inevitable.
Nova, seguro que este si aclara un poquito el asunto, aunque se por experiencia que es un tema dificil y discutido, pero con pruebas en la mano, el amparo de la ley ya lo tenemos.
Pedro Martinez
Abogado
Artículo 1651.
La redención del censo enfitéutico consistirá en la entrega en metálico, y de una vez, al dueño directo del capital que se hubiese fijado como valor de la finca al tiempo de constituirse el censo, sin que pueda exigirse ninguna otra prestación, a menos que haya sido estipulada.
Estás seguro que es esté el artículo que querías poner Pedro Granda?
Entiendo que no hay que dejar impoluto el piso, y cuando dije "no hay obligación de limpiar ni pintar" me refería en condiciones normales, no a un sindrome de diógenes o a que se haya pintado con rotulador una pared.
Totalmente de acuerdo. Por supuesto que por encima de todo está la Ley, pero en las relaciones entre personas sujetas a regulación legal cuando hay conflicto por asuntos menores (del tipo 'mi vecino pone la música muy alta y me molesta', o 'hice agujeros en la pared, los tapé pero se ve feo y el casero me dice que pinte la pared de nuevo', etc) entiendo que se acude primero a la ley del sentido común (bajando el volumen de la música o pintando la pared para que se quede en condiciones repartiendo el costo o no) y, cuando ésta falla, se acude a resolverlo vía legal, ya que en caso de conflicto por supuesto que la Ley es lo que prevalece.
En temas de estos muchas veces hablando se entiende la gente y, si no hay entendimiento, pues por supuesto que lo que marca la Ley es lo que va a Misa. Esto es lo que quería decir.
Nova es mas bien al contrario las normas legales rigen por encima de las de cortesía o sentido común, sin perjuicio de que la cortesía haga renunciar a ejercer los derechos que amparan las normas.
Para ampliar o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/
Y cuáles son esas obligaciones en cuanto a limpieza y pintura que se desprenden de ese artículo del Código Civil? Es que lo estoy buscando por Google pero no me da acceso completo, para ver el contenido me pide una suscripción.
De todas formas imagino que estarás conmigo en el sentido de que cuando las normas del sentido común o la cortesía no son suficientes para regular estas situaciones es cuando hay que recurrir a la vía legal.
Yo he tenido suerte con mis inquilinos y en estos temas esas normas de sentido común siempre han funcionado, pero si no se diese el caso sí me gustaría sabe qué es lo que la Ley establece.