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el contrato de alquiler no se ha firmado pero yo ya le he pagado los 2 meses de fianza y el mes de alquiler (en este caso el mes de marzo); despues de estar 6 horas en el piso decido que no lo quiero por los inconveientes que tiene el piso y aviso al dueño. tuve la llave del piso solo 3 dias (desde el dia 20.02 hasta 23.02). esta obligado el proproietario en devolverme toda la fianza y el mes de alquiler o no? el dice que de los 1350 que le pague me devuelve solo 450 y se queda con 900 por incumplimiento del contrato (contrato que entraria en vigor apartir del dia 1.03.2012 y que no esta firmado por ninguna de las partes). como puede ser un incumplimiento de contrato si no esta firmado?
Después de explicar los documentos existentes cobra la máxima eficacia la genial intuición de Amparo, no solo puede negarse a devolver lo recibido sino obligarle a cumplir ese contrato verbal.
debería aunque sea para la próxima leer el Decalogo del Inquilino.
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aqui os dejo lo que pone en los recibos:
450 euros- paga y señal del piso
900 euros - paga total fianza del piso
yo he pensado que me va a devolver por los menos 900 euros y que se queden con los 450 que es la paga y la señal.
el proprietario no tiene nada firmado mio, las 2 copias se contrato las tengo yo y de las 3 personas que deberian de aver firmado el contrato ( mi mariddo, yo y el proprietario) lo he firmado solo yo. por lo que leo de vuestras respuestas esta enh su derecho de quedarse con los 900 euros:(
Si no habeis firmado nada aun, no veo de que forma se los va a quedar.
cuando le disteis el dinero, que firmasteis? Esa es la clave.
Más que incumplimiento de contrato lo que hace es quedarse la "fianza" como indemnización en función de arras. Eso es lo mismo que una reserva, y le devuelve la mensualidad.
Habría que ver lo que tiene firmado y que estipula.
Art. 1254
El contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio.
art. 1256
La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.
Si el arrendador no le devuelve nada. ¿cómo probaría usted que le dio ese dinero? pues esos mismos recibos, probarían la existencia de un contrato verbal, y al existir ese contrato podrían exigirle su cumplimiento íntegro.
Llegue a un acuerdo. O quédese con el piso.
Saludos - Papeleos Alquiler.